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Martes, 15 de febrero 2022, 01:25
El mercado bancario vive un panorama de cobro creciente de comisiones a los usuarios. La baja rentabilidad del sector lleva a las entidades a repercutir los gastos a sus clientes para intentar reforzar sus márgenes comerciales.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), ha informado de que algunos bancos cobran comisiones de hasta 120 euros por el mantenimiento de la cuenta corriente y por la tarjeta de débito incluso domiciliando la nómina y los recibos. Para ahorrar algunos euros, lo más recomendable es comparar las comisiones en los diferentes bancos que operan en España.
Una de las soluciones más eficaces para ahorrar es contratar una cuenta de pago básica, que son gratuitas o conllevan una comisión máxima de tres euros al mes. El Banco de España explica que las cuentas de pago básicas son un tipo de producto que responde a la necesidad de promover la inclusión financiera en la Unión Europea, facilitando el acceso de los consumidores a los servicios bancarios básicos.
Los bancos están obligados a ofrecer este tipo de cuentas sin condicionar su contratación a la suscripción de otros servicios y también a darlas a conocer e informar sobre sus características.
Las cuentas de pago básicas permiten prestar al menos los servicios de depósito de fondos, retirada de dinero en efectivo y operaciones como adeudos domiciliados, operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o de prepago, incluidos los pagos en línea y transferencias.
¿Qué comisiones me pueden cobrar por contratar esta cuenta?
Las entidades bancarias pueden cobrar un máximo de tres euros mensuales, que cubrirán los servicios anteriormente indicados, con un límite de hasta 120 trasferencias y adeudos domiciliados en euros dentro de la Unión Europea.
Además, existen determinados colectivos para los que, por su situación de vulnerabilidad, las cuentas de pago básicas serán gratuitas.
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¿Para quién son gratis estas cuentas?
Para que esta cuenta sea gratuita, el usuario debe cumplir dos condiciones:
1. Que los ingresos anuales de la unidad familiar no superen determinados límites. Estos límites se fijan de acuerdo al indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas (IPREM) que se publica anualmente en la Ley de Presupuestos del Estado y son más o menos exigentes en función del número de miembros de la unidad familiar.
2. Que el usuario no tenga derecho alguno sobre inmuebles distintos a su vivienda habitual, ni sobre sociedades mercantiles.
Cumplir con estos requisitos da derecho a que la cuenta de pago básica sea gratuita durante dos años, plazo que se prorrogará por periodos iguales siempre que se mantenga la misma situación económica y patrimonial.
En cualquier caso, cualquier persona puede abrir una cuenta de ahorro básica en cualquier entidad bancaria, con una comisión máxima de tres euros al mes. Solo la pueden denegar si ya se tiene abierta alguna otra cuenta en España.
Para poder demostrar que cumple estos requisitos, debe presentar a su banco distintos documentos:
Para acreditar el número de miembros de la unidad familiar, el libro de familia o documento de la inscripción como pareja de hecho.
Para acreditar sus ingresos, tiene varias opciones: certificados tributarios o administrativos relativos a tus ingresos, las últimas nóminas percibidas.
Cuando no disponga de esta documentación, deberá presentar un informe, emitido por los servicios sociales municipales, en el que se indique la composición de su unidad familiar o en el que se explique por qué es apto para beneficiarse de esta medida.
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