![Una mujer realiza una operación en un cajero.](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202106/02/media/cortadas/cajero-kK1F-U140566518240SzE-624x385@Las%20Provincias.jpg)
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Miércoles, 2 de junio 2021, 01:37
El dínero físico tiene los días contados, aunque en España aún son muchos los ciudadanos que prefieren usar efectivo en su vida diaria -el 83% de las transacciones comerciales en 2020 se realizó con dinero físico-. También la relación entre los clientes y las entidades bancarias han cambiado significativamente. La digitalización avanza a pasos agigantados y operaciones comunes como sacar o ingresar dinero, hacer consultas o pagar recibos se hacen ya mediante el uso de cajeros automáticos y no en la tradicional ventanilla.
La mayoría de las entidades bancarias indican a sus clientes que realicen estos trámites sencillos a través de su red de cajeros. Y aunque es comunmente aceptado, muchas personas se preguntan si legalmente están obligadas a hacerlo.
Según explica el Banco de España en su página web, un banco o entidad bancaria no puede obligar a sus clientes a retirar efectivo en el cajero en lugar de en ventanilla «salvo que esté expresamente recogido en el contrato o la entidad te avise de la modificación contractual con dos meses de antelación».
El Banco de España aclara que «la forma en que tu banco presta el servicio de caja -en el que se incluyen los reintegros y los ingresos en efectivo- entra dentro de su esfera discrecional y de política comercial, por lo que serás tú quien evalúes esta cuestión y decidas si mantienes o no tu relación con la entidad».
El supervisor advierte de que «no obstante, si tu banco presta el servicio de caja únicamente a través de cajero, debería incluir tal limitación en el contrato de cuenta, o si se trata de una limitación sobrevenida, comunicártelo con dos meses de antelación, para que puedas decidir si continúas siendo cliente o no».
Hay que tener en cuenta además que el uso de los cajeros puede estar sujeto al pago de comisiones bancarias que varían dependiendo de si la entidad propietaria del cajero es el banco del usuario -es decir, el que emite la tarjeta- u otro banco diferente. Cuando se va a sacar dinero de un cajero, el banco tiene que informar de si va a cobrar comisión o no y dar la posibilidad de desistir de la operación.
En el cajero automático se pueden realizar, entre otras, las siguientes operaciones:
-Sacar dinero.
-Ingresar dinero o cheques.
-Consultar los saldos y los movimientos de tus cuentas.
-Pagar recibos.
-Realizar transferencias.
-Recargar el teléfono móvil.
-Comprar entradas para espectáculos.
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