Las pensiones de viudedad en España están a punto de alcanzar un récord histórico en 2025: por primera vez, la cuantía media superará los 900 euros. Esta subida, que se espera sea de entre un 2,7 % y un 2,8 %, afectará a todas las pensiones contributivas, incluida la de viudedad, de acuerdo con las estimaciones de la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas). Para los beneficiarios de estas pensiones, se traduce en un importante aumento de ingresos, reflejo del esfuerzo de revalorización de las pensiones públicas frente al costo de vida.
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Tomando como referencia el 2,8 %, la paga mensual media de viudedad en 2025 ascenderá a unos 923 euros, lo que representa un aumento de 25 euros sobre los actuales 898 euros mensuales. Este incremento beneficiará a los más de 2,35 millones de personas que actualmente reciben una pensión de viudedad en España. Este grupo de beneficiarios abarca tanto el régimen general de la Seguridad Social como sus distintos regímenes especiales, entre los que se incluyen los autónomos, los trabajadores del mar y del sector minero.
Dentro de este total, el régimen general concentra casi el 75 % de las pensiones de viudedad, con 1,75 millones de beneficiarios. Para estos, la pensión media es de 954,80 euros, que se elevará a 981,50 euros en enero de 2025. Este incremento supone una mejora en la capacidad de compra de los beneficiarios, algo especialmente relevante en un momento de moderación de la inflación.
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La subida de las pensiones en 2025 será ligeramente inferior a la de años anteriores, debido al enfriamiento de la inflación en los últimos meses. Sin embargo, la medida sigue en línea con la política de revalorización impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que busca mantener el poder adquisitivo de los 9,25 millones de pensionistas en el país. De hecho, esta actualización llevará a todas las pensiones contributivas a nuevos máximos históricos, incluyendo la de viudedad, que romperá la barrera de los 900 euros mensuales por primera vez.
La cuantía de la pensión de viudedad no es uniforme y varía según las condiciones particulares de cada beneficiario, especialmente en función de su situación y de las cargas familiares. En general, la prestación económica de viudedad se calcula aplicando un porcentaje a la base reguladora, siendo este porcentaje del 52 % de la base en circunstancias normales. La base reguladora en sí depende de varios factores, entre los que destacan la situación laboral del fallecido y la causa del deceso.
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Para beneficiarios de 65 años o más que no perciban otra pensión, ni ingresos por trabajo, y con rentas inferiores a 7.347,99 euros anuales, el porcentaje aplicable sube al 56 %. Adicionalmente, desde 2019, si el beneficiario tiene cargas familiares y cumple ciertos requisitos de ingresos, este porcentaje puede alcanzar el 60 % o incluso el 70 %, en casos específicos.
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Tal y como recuerdan desde la Seguridad Social, esta pensión se extingue únicamente en situaciones muy concretas, como el nuevo matrimonio o constitución de pareja de hecho del beneficiario (salvo algunas excepciones), una sentencia firme que lo declare culpable del fallecimiento de su cónyuge, violencia de género, o el fallecimiento del propio beneficiario.
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