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Jueves, 5 de enero 2023, 01:01
Malas noticias para los once millones de pensionistas que hay en España y el más de medio millón de familias que cobra el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Ambos colectivos quedan excluidos como beneficiarios del cheque de 200 euros para alimentación que el Gobierno comenzará a pagar, como pronto, a partir de finales de febrero de 2023.
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La publicación del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha confirmado una noticia que el Gobierno no desveló tras la reunión del Consejo de Ministros. Tampoco se informó de ello en los documentos que se difundieron con las medidas del tercer plan anticrisis.
Así, todos aquellos que quieran reclamar el cheque, no solo tendrán que demostrar una renta familiar inferior a 27.000 euros y un patrimonio que no supere los 75.000 euros. También será requisito que no cobren ninguna de las dos prestaciones de la Seguridad Social que comienzan el año con una revalorización del 8,5% (las pensiones) y del 15% (no contributivas y renta mínima).
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La vicepresidenta económica, Nadia Calviño, defendió esta medida puesto que «esta ayuda lo que hace es complementar y llegar a esas familias que no se benefician de la revalorización de las pensiones, de las pensiones no contributivas, del ingreso mínimo. Familias de clase media y no trabajadora que no se benefician de esa revalorización tan importante».
Con estas condiciones, dicha ayuda podría no llegar a los 4,2 millones de familias que calculaban las previsiones, y dirigirse principalmente a ciudadanos con ingresos muy bajos y sin ningún tipo de subvención.
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El cheque podrá solicitarse en la Agencia Tributaria entre el 15 de febrero y el 31 de marzo y se tramitará como un pago único que se ingresará en cuenta. Según el Gobierno, se tratará de un trámite «muy ágil» para que pueda efectuarse el cobro de manera inmediata.
¿Quiénes pueden solicitar el cheque de 200 euros?
El BOE correspondiente al 28 de diciembre concreta que, entre los requisitos generales, podrán solicitar el cheque de 200 euros cualquier residente habitual en España que a 31 de diciembre 2022, si se ha llevado a cabo una actividad laboral por cuenta propia o ajena, o bien se ha recibido el subsidio por desempleo, siempre que los ingresos percibidos no hayan superado los 27.000 euros anuales. El patrimonio, además, debe ser menor a 75.000 euros, descontando la propia vivienda principal en caso de ser propietario de la misma.
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La solicitud de la ayuda se puede tramitar a través de la página web de la Agencia Tributaria desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo.
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