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Viernes, 10 de marzo 2023, 02:03
Queda poco más de un mes para que se abra el plazo para presentar uno de los documentos más importantes para las cuentas de la ciudadanía española. Miles de personas están llamadas a presentar la declaración de la Renta 2023, referente al período del año pasado. El 11 de abril será el día para comenzar a rendir cuentas a Hacienda y será entonces cuando la Agencia Tributaria habilitará los canales pertinentes para acceder al borrador y descargarlo.
Sin embargo, no todo el mundo esta obligado a presentar el documento en cuestión que sirva para determinar si los contribuyentes han pagado el IRPF adecuado o les sale a pagar o devolver.
Estarán obligados a declarar a Hacienda aquellos con rendimientos superiores a los 22.000 euros siempre que haya un solo pagador y 14.000 euros en caso de tener dos (con excepciones). Esto implica que las personas que no lleguen a estos niveles no estarán obligados a presentarla.
A pesar de que puede parecer una nimiedad, hay que tener en cuenta que los rendimientos obtenidos por otros medios como por ejemplo inmuebles, también contarán para la declaración. En este sentido, si una persona tiene un rendimiento de trabajo menor (22.000 o 14.000 dependiendo de la situación explicada) pero cuenta con otro tipo de ingresos podría estar obligado a realizarla. Por otra parte, hay que recordar que no estar obligado no significa que no se pueda presentar la renta.
Se deben tener en cuenta también los rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales siempre que unos y otras hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales, no será necesario presentar la declaración de la Renta de ese año.
Según explica la Agencia Tributaria, también es importante analizar las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
Por último, cabe recordar que si una persona que está obligada no presenta la declaración de la Renta tendrá una sanción por parte de la Agencia Tributaria. En caso de duda, acudir a la oficina de turno del organismo público siempre facilitará los trámites.
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