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Una mujer sale de una oficina del SEPE, imagen de archivo. Europa Press

Los casos en los que se puede cobrar el subsidio del SEPE sin que haya cotizado

El organismo permite a ciertas personas en determinadas situaciones percibir una ayuda por desempleo pese a no cumplir los requisitos

Jueves, 14 de diciembre 2023, 00:49

El subsidio por desempleo está destinado a aquellas personas que hayan cotizado a la Seguridad Social, al menos 360 días en los últimos seis años, y haya perdido el empleo de forma involuntaria. Por tanto, si nunca se ha trabajado, no se puede acceder a esta prestación. Sin embargo, hay algunos casos en los que el Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) permite solicitar un subsidio por desempleo aunque no se haya cotizado nunca a la Seguridad Social. Se trata de una serie de casos excepcionales para los que hay previstas algunas ayudas. Un ejemplo es el subsidio por cotización insuficiente, que se cobra en función del tiempo que se ha cotizado y de si el parado tiene o no responsabilidades familiares, es decir, cónyuge a cargo o hijos menores de 26 años que convivan con él.

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Pero más allá de esa ayuda, hay otras situaciones que contempla el organismo en las que, pese a que no se ha cotizado nunca en la Seguridad Social, una persona puede percibir el paro. Estas son todas las excepciones que contempla el SEPE:

Personas liberadas de prisión

En el caso de que el solicitante se haya visto sometido a una pena privativa de libertad de, al menos seis meses, podrá solicitarla siempre que se cumplan todos los requisitos para ello: estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo, suscribir compromiso de actividad, carecer de rentas propias que no superen el 75% del Salario Mínimo equivalente a 810 euros y no haber rechazado una colocación adecuada. También se pueden beneficiar de esta ayuda de 480 euros mensuales los menores liberados de un centro de internamiento mayores de 16 años, en el momento en que son puestos en libertad y las personas que hayan cumplido con un programa de desintoxicación, siempre y cuando, su duración sea superior a 6 meses. La duración del subsidio es de 6 meses, prorrogables hasta un máximo de 18 meses siempre que se mantengan los requisitos.

Perder una pensión de incapacidad

Si se pierde una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez por mejoraría del estado de salud. El desempleado podrá pedir este subsidio si estaba cobrando una pensión debido a una incapacidad y, al mejorar su situación, la perdió. También en este caso, la cuantía de la ayuda es de 480 euros mensuales durante un periodo de seis meses prorrogables por otros dos periodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.

Emigrantes que regresan a España

Esta ayuda va dirigida a españoles que retornan a España y que han trabajado, al menos, un año en los últimos seis desde su última salida de España en países que no pertenecen al Espacio Económico Europeo, Unión Europea o Suiza. Este subsidio se concede también durante seis meses y puede llegar hasta un máximo de 18 meses si se van solicitando las prórrogas y se mantienen los requisitos, entre ellos, haber trabajado como mínimo en el extranjero 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España y cumplir también con el compromiso de actividad y carencia de rentas mínimas. El importe a cobrar es el de todos los subsidios, 480 euros/mes en 2023.

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¿Cómo se solicita?

Solicitar una prestación por desempleo es una obligación personal. Puede solicitarla a través de la Web del Servicio Público de Empleo Estatal siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve. También puede presentar la solicitud presencialmente en la oficina de prestaciones que le corresponda según su domicilio, previa petición de cita a través de Internet o llamando por teléfono.

Para formular la solicitud por medio de representante, deberá acreditar tal representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante su declaración en comparecencia personal.

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