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n. ortega
VALENCIA
Jueves, 16 de febrero 2023
El cheque ayuda de 200 euros que el Gobierno concede en 2023 tiene una contrapartida poco conocida. La ayuda está regulada en el artículo 74 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, que en su punto número 8 explica que «las ayudas reguladas en este capítulo no estarán sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre», que es la Ley General de Subvenciones.
¿Y esto qué significa? Pues según confirma la Agencia Tributaria, esto implica que las ayudas de 200 euros se computan como una ganancia patrimonial, por lo que se tienen que sumar en este apartado en la Declaración de la Renta del 2023 (la que se presenta en el año 2024) y tributar como tal.
Desde la Agencia Tributaria indican que no se trata de una cantidad fija, ya que depende de los ingresos que tenga cada contribuyente, aunque aseguran que se puede realizar una simulación y sumar esos 200 euros en el apartado de ganancias patrimoniales para averiguar cómo podría afectar a la Declaración del IRPF. Desde algunas asesorías consultadas apuntan a que el pago que se puede tener que realizar a Hacienda podría rondar los 30-40 euros, aunque dependerá de los ingresos de cada persona, pudiendo llegar hasta los 60 euros.
Se da la circunstancia de que la ayuda se destina, según recoge la propia ley, a «las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio», «con el fin de paliar situaciones de vulnerabilidad económica».
Hacienda ha habilitado una opción para poder dar de baja el formulario, por si alguien se arrepiente después de haberlo presentado. Si el solicitante únicamente desea dar de baja el formulario presentado, deberá dar de baja su solicitud durante el plazo de presentación de la correspondiente ayuda (hasta el 31 de marzo). Para realizar esta gestión será necesario identificarse con Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. También puede dar baja el formulario, un tercero por apoderamiento o colaboración social.
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