J.Z
Martes, 24 de enero 2023, 01:24
El año 2023 conlleva novedades para los empleados del hogar. El Gobierno aprobó un Real Decreto-Ley en el que se mejoran las condiciones de trabajo y de Seguridad Social para las personas que trabajan en este ámbito. Uno de los aspectos más importantes es que se sube el sueldo mínimo inteprofesional, equiparándolo al del resto de empleados por cuenta ajena en el ámbito laboral y en el de la Seguridad Social.
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Desde octubre del año pasado el sistema especial de la Seguridad Social incluye tanto cotizaciones por desempleo como al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que son las siguientes:
-Para contratos de duración indefinida el 7,05%, del que el 5,50% será a cargo del empleador y el 1,55% a cargo del empleado.
-Para contratos de duración determinada el 8,30%, del que el 6,70% será a cargo del empleador y el 1,60% a cargo del empleado.
Además, son aplicables las deducciones aprobadas con la entrada en vigor de esta normativa:
-Una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, y
-Una bonificación del 80% en la aportación empresarial por desempleo y al FOGASA.
El MEI supone cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicable a la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación. Cuando el tipo de cotización deba ser objeto de distribución entre empleador y trabajador (como en este caso de empleo de hogar), el 0,5 por ciento será a cargo del empleador y el 0,1 por ciento a cargo del trabajador.
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Tendrá derecho si cuando finalice su contrato ha cotizado a desempleo, al menos, 360 días. También podrán acceder a los subsidios asistenciales si se cumplen los requisitos previstos en ellos. Se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por los que se cotiza a desempleo.
Tiene que ajustarse como mínimo al SMI. Actualmente es de 1.000 € brutos al mes en 14 pagas y de 1.166,67 €/mes en 12 pagas. En el caso de la retribución por horas supone 7,29 €/hora. Si incluye vacaciones sube a 7,82 €/hora.
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La Seguridad Social aclara que «desde el 1 de enero de 2023 ya no es posible pactar con las personas al servicio del hogar que realicen menos de 60 horas de trabajo mensual por persona empleadora, la asunción por estas últimas de las obligaciones en materia de cotización y afiliación y alta en la Seguridad Social, como se podía realizar hasta ahora»
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