![Las cooperativas quieren trato diferenciado en la ley de la cadena agroalimentaria](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/06/17/191952066--1200x840.jpg)
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V. LLADRÓ
VALENCIA.
Lunes, 17 de junio 2024, 00:07
Las cooperativas pretenden que la Ley de la Cadena Agroalimentaria les dé un trato diferenciado en aspectos relacionados con los precios pagados a sus asociados, la obligación de que superen los costes de producción y la prohibición de ventas a pérdidas. Sin embargo, el ... ministro del ramo, Luis Planas, ha ratificado que la ley (ahora en fase de reforma parlamentaria) ha de ser igual para todos los productores y agentes comerciales, bien sean firmas que compran a quienes les interese o entidades asociativas.
Para dejar claro que no habrá más opción, Planas ha dicho, en la última asamblea de Cooperativas Agroalimentarias (la asociación del sector a nivel nacional), que «no se puede excluir a ningún tipo de empresa de la aplicación de la ley, porque de lo contrario sería una modificación ilegal que acabaría ante la justicia europea».
Por si quedaban dudas, el ministro afirmó que la normativa ha de estar en consonancia con las directivas europeas y destacó lo siguiente: «Me parece difícil decirle a un agricultor o a un ganadero, aunque sea socio (de cooperativa), que lo que va a recibir no va a ser superior al precio que le ha costado producir, o que no se aplican las reglas de la Ley de la Cadena a su entrega» (la producción que ha aportado).
De esta manera respondió Planas a la petición de Cooperativas Agroalimentarias de España de que se excluya a sus empresas de ciertas obligaciones impuestas por la Ley de la Cadena Alimentaria, derivada de la transposición de la directiva europea sobre prácticas comerciales desleales.
En la asamblea anual de Cooperativas, el ministro recordó que en la ley redactaron un apartado específico a petición de las cooperativas, lo cual hubo que explicar con detalle a la Comisión Europea, que «tenía muchas dudas del encaje legal de la posición particular de las cooperativas respecto al conjunto del sector».
«La directiva -añadió Planas- no excluye a ningún tipo de empresa en relación con la aplicación de la ley y, si alguien pretendiese hacerlo, sería una modificación ilegal, contraria al Derecho comunitario, y acabaríamos en el Tribunal de Justicia de la UE».
El responsable de Agricultura afirmó que las cooperativas están exentas en determinadas condiciones de llevar a cabo contratos individuales con los socios y de informar de ciertos procedimientos, como los momentos de pago y el calendario de liquidación (siempre que dispongan de un acuerdo vinculante). Martizó, no obstante, que, según los datos macroeconómicos que maneja su departamento, los precios pagados en origen y al final de la cadena muestran transacciones con «creación de valor y balance positivo», si bien esta norma funciona «mejor en algunos sectores y situaciones que en otros».
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Por otra parte indicó que ha vuelto a pedir a los consejeros autonómicos que limiten las inspecciones a lo necesario desde el punto de vista administrativo. El ministro trataba de responder así a las quejas de los dirigentes de cooperativas sobre la excesiva carga de controles, inspecciones y burocracia que recae sobre estas entidades, lo que consideran muy gravoso, pues incrementa sus costes de forma innecesaria.
El punto principal del debate, sobre si los agricultores de cooperativas deben contemplarse o no igual que el resto en la Ley de la Cadena, radica en esta cuestión de base: a diferencia de cualquier otro tipo de transacción habitual, cuando un comerciante compra la cosecha de un agricultor, la relación entre cooperativa y agricultor asociado no es de compra-venta, sino la de comercializar la producción aportada. El agricultor, en este caso, no sólo es un mero proveedor, sino que a la vez es dueño de la empresa cooperativa, y ésta le liquida al final del proceso en función de los precios obtenidos, costes, calidades, etc.
El presidente de Cooperativas Agroalimentarias, Ángel Villafranca, advirtió que «la ley no va a hacer rentables las explotaciones agrarias». Al respecto, desde las cooperativas andaluzas se destaca que «puede darse la paradoja de que los tomates de Almería se tengan que vender por ejemplo a 0,60 el kilo mientras que los de Marruecos, que no están sometidos a esta ley, se vendan en los mismos mercados a 0,30. ¿Qué tomates comprarán las cadenas de distribución? ¿Quién pagará a los agricultores que no puedan venderlos por la aplicación de la ley?»
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