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La campaña de la Renta 2023, que es la que se presenta en el año 2024, arrancó a principios del mes de abril y a finales llega a uno de sus momentos clave. A partir del lunes 29 de abril la Agencia Tributaria ayuda a confeccionar tu declaración del IRPF por teléfono y un mes más tarde, el 29 de mayo, arranca el plazo para confeccionar la Renta en tu oficina.
AEAT tiene varios teléfonos para pedir cita previa para la Renta con atención personal: son el 91 553 00 71 o 901 22 33 44, y se puede llamar de lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Además existe otro teléfono automático para resolver dudas: son el 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
Si has concertado cita para confeccionar por teléfono tu declaración de Renta:
• La Agencia Tributaria te llamará desde el teléfono 810520052 al número de teléfono que nos has facilitado (o desde el 917276222 si has facilitado un número de teléfono extranjero).
Se trata de un teléfono no habitual sobre el que AEAT ha emitido durante los últimos años un aviso para todo aquel que pueda pensar que se trata de una estafa. Pero si te llaman de ese teléfono, es para hacer la Renta y el comunicante es un órgano oficial.
Hacienda recuerda que «los ciberdelincuentes pueden intentar engañarte suplantando a la Agencia Tributaria por medio de correos electrónicos (phishing) o SMS (smishing) fraudulentos», pero aclara que la llamada desde este teléfono no es una estafa, sino que es el medio por el que AEAT se comunicará con quien haya pedido cita previa para que le hagan la declaración de la Renta por teléfono.
AEAT «no solicita por correo electrónico o SMS información confidencial, económica o personal, números de cuenta ni números de tarjeta, ni adjunta anexos con información de facturas u otros tipos de datos» y «nunca realiza devoluciones a tarjetas de crédito o débito, ni usando BIZUM» ni cobra «importe alguno por los servicios que presta».
• Anula tu cita si no puedes estar disponible (24 horas antes)
• Recuerda tener preparados los datos y documentos antes de que te llamemos:
• Para atenderte por teléfono y presentar tu declaración de Renta debe estar allí la persona o personas titulares (la llamada será grabada). Para poder identificarte, si estas registrado en Cl@ve, deberás tener a mano el móvil que comunicaste al registrarte, en otro caso, deberás obtener antes el número de referencia por Internet.
• Debes tener preparada la documentación sobre tu situación personal y en todo caso:
- DNI original del titular de la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
- Número IBAN de cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Así:
- Si vives en un inmueble alquilado necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.
- Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
- Con hipoteca: los recibos de los seguros.
- Por donativos: los justificantes, etc.
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Certificado emitido por el pagador.
Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
Los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje…de los que sea propietario o usufructuario.
Para ayudarte a relacionar todos los datos cumplimenta el siguiente documento:
Modelo de datos de inmuebles alquilados
Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros, etc.
Si has percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.
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Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.
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• Desde el 19 de marzo se pueden consultar los datos fiscales que Hacienda posee sobre ti, tanto a través de la web como de la App de la Agencia Tributaria.
• Del 3 de abril al 1 de julio, puedes modificar y presentar tu declaración por vía electrónica, tanto a través de Renta Web como a traves de la App.
• Desde el 29 de abril podrás solicitar cita previa para la confección de la declaración por vía telefónica.
• A partir del 7 de mayo la Agencia Tributaria iniciará las llamadas a los que solicitaron cita para modificar y presentar la declaración por vía telefónica.
• El 29 de mayo comienza la solicitud de cita previa para atención presencial en las oficinas y hacer la declaración.
• El 3 de junio se iniciará el plazo para la modificación y presentación de declaraciones de manera presencial a las personas que solicitaron cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria y de otras entidades colaboradoras.
• El 26 de junio finalizará el plazo de presentación si te toca pagar y deseas domiciliar el pago.
• El 28 de junio acabará el plazo para poder concertar cita previa tanto para prestar la declaración vía telefónica como en las oficias de la Agencia Tributaria
• El 1 de julio es el último día del plazo para presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio.
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