![Gastos que puedes deducirte en la declaración de la renta y quizá no sepas](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2023/04/02/renta-RuHME5QEjhrrqfBZqDz45LM-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
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S. V.
Jueves, 6 de abril 2023
El próximo 11 de abril, justo después de que acabe la Semana Santa y en plena semana de vacaciones escolares en la Comunitat, comienza el periodo para presentar la, para muchos, temida declaración de la renta; puesto que puede suponer una alegría, si las cuentas suponen una devolución, pero una gran decepción si resulta al contrario y el contribuyente aún debe abonar alguna cuantía que posiblemente pensara destinar a otros conceptos.
Sin embargo, y para maximizar las posibilidades de que la balanza se decante hacia el ciudadano, existen una serie de gastos que pueden deducirse en la declaración y que, en ocasiones, pasan inadvertidos.
Algunos de ellos suelen ser más conocidos, como la vivienda (adquisición o hipoteca), los planes de pensiones (y las aportaciones que se hayan hecho en el año) o los hijos (especialmente en función del número), pero otros no son tan conocidos y también pueden contribuir a que la alegría sea mayor o el disgusto disminuye.
Estas deducciones se pueden incorporar como gastos, por lo que restan sobre el montante a abonar o suman si el resultado es 'a devolver', como se suele decir, por lo que pueden resultar clave en unas economías domésticas especialmente castigadas por la inflación actual y el encarecimiento de los productos básicos.
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Estas contribuciones pueden ser, por ejemplo, donaciones a ONG, la afiliación a partidos políticos (es decir, el pago de las cuotas) y la inversión en empresas de nueva o reciente creación (se puede llegar a obtener una deducción de hasta el 30% de las cantidades por participaciones en empresas emergentes, mientras que la base máxima de la deducción alcanza los 60.000 euros).
También hay otros gastos que en función de la situación de cada uno puedes ser más que conocidos o una agradable sorpresa. Por ejemplo, el alquiler dedicado a la vivienda habitual, que puede ser una novedad para personas que se han independizado recientemente (y puede suponer una deducción de hasta el 10,05% de lo pagado durante el periodo impositivo si la base imponible es inferior a 24.107,20 euros anuales); por familia numerosa o maternidad, especialmente entre las familias que han tenido un tercer hijo o al menos dos si uno de ellos presenta una discapacidad (es posible ahorrar hasta 1.200 euros al año por cada hijo menor de tres años, por ejemplo).
Los contribuyentes con personas con discapacidad a su cargo ya sea descendiente, ascendiente o el cónyuge, también pueden llegar a deducirse hasta 2.550 euros.
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