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N. ORTEGA
VALENCIA
Jueves, 9 de febrero 2023, 00:33
La fiebre por las Letras del Tesoro han provocado en las primeras semanas de 2023 imágenes de largas colas y esperas a las puertas de las sedes del Banco de España, con cientos de personas ansiosas por compras estos títulos que ofrecen una rentabilidad mejor que la que dan ahora los bancos en sus productos y con la garantía del Estado.
Sin embargo, los compradores de Letras del Tesoro deben saber que estos valores de renta fija a corto plazo representados exclusivamente mediante anotaciones en cuenta tiene una tributación de casi el 20%. Esto es así porque son activos financieros emitidos al descuento o de rendimiento implícito, por lo que la diferencia entre el importe obtenido en la venta o amortización de la letra y el pagado en su compra tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario sujeto, en consecuencia, al IRPF.
Así, el rendimiento generado entre el importe de compra y el de venta o amortización de las Letras del Tesoro, cualquiera que sea su plazo, se gravará al tipo del 19% hasta los 6.000 €, el tramo de la base liquidable entre 6.000 € y los 50.000 € tributa al 21% y el tramo que excede de 50.000 € tributa al 23%, según explica el Tesoro Público en su información oficial. No existe retención a cuenta sobre dicho rendimiento, cualquiera que sea el perceptor del mismo.
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Las Letras del Tesoro se crearon en junio de 1987, cuando se puso en funcionamiento el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros, y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de 1.000 euros. Las Letras se emiten mediante subasta.
Son valores emitidos al descuento o a premio, por lo que su precio de adquisición puede ser inferior o superior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso de la Letra (1.000 euros) y su precio de adquisición será la rentabilidad generada por la Letra del Tesoro.
Dichos rendimientos están exentos de retención a cuenta tanto en el ámbito del IRPF como en el del Impuesto sobre Sociedades, sin perjuicio de que haya que incluirlos en la declaración anual de dichos impuestos.
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Actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro con los siguientes plazos:
Letras del Tesoro a 3 meses
Letras del Tesoro a 6 meses
Letras del Tesoro a 9 meses
Letras del Tesoro a 12 meses
Por tratarse de valores a corto plazo, las variaciones de su precio en el mercado secundario suelen ser bastante reducidas; por tanto, suponen un menor riesgo para el inversor que prevea o pueda necesitar vender estos valores en el mercado antes de su vencimiento.
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