DM
Jueves, 20 de abril 2023, 17:54
Con los contribuyentes inmersos en plena campaña de la declaración de la Renta desde el pasado 11 de abril, son muchas las dudas que surgen alrededor de los documentos a presentar o las numerosas deducciones que hay que tramitar.
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Algunas de estas preguntas son bastante conocidas, como pueden ser las deducciones por ayudas a la vivienda o por nacimiento de un hijo. sin embargo, lo que algunas personas no saben es que en determinados casos por una simple transferencia la Agencia Tributaria, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, puede llegar a imponer sanciones en función de la gravedad de las mismas.
En este sentido, Hacienda suele ser inflexible con todos los temas relacionados con el blanqueo de capital o fraudes, por lo que hay que estar atentos a no cometer ninguna infracción.
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Según la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de la normativa tributaria, el límite para transferir dinero sin declararlo está establecido en los 10.000 euros. Un máximo que se aplica también para otras operaciones como la retirada de efectivo en cajeros, ya sea a través de la banca online o con el móvil.
Por otro lado, la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, señala que aunque el límite de transferencias está fijado en la mencionada cantidad de 10.000 euros, algunas entidades bancarias podrían limitar los movimientos digitales a los 6.000 euros.
La Agencia Tributaria revisará la transferencia por si pudiera haber un incumplimiento de la ley. Además, en caso de que se reciba más dinero del límite establecido, el beneficiario deberá incluirlo en el correspondiente ejercicio de la declaración de la Renta.
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En este sentido, dependiendo de la cantidad de dinero de la que se haya excedido, las multas pueden variar entre un 2% y un 25% de la cantidad no declarada, lo que equivale a 2.500 euros en el caso de que la cuantía de la transferencia no notificada sea igual o superior a los 10.000 euros. También, en el caso de presentar los modelos, pero que estos contuvieran de forma incompleta, inexacta o con datos falsos autoliquidaciones, se podría imponer una multa de 150 euros.
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