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REDACCIÓN
Jueves, 31 de marzo 2022
Aunque la campaña de la Renta arranca el 6 de abril, la cita previa para la Renta 2021 (la que se presenta en el año 2022) no se puede pedir hasta el mes de mayo. Si quieres pedir cita para que la Agencia Tributaria te confeccione tu declaración de Renta 2021, hay dos métodos:
• Desde el 3 de mayo para confeccionarte por teléfono tu declaración de Renta 2021.
• Desde el 26 de mayo para confeccionarte en oficina tu declaración de Renta 2021.
Para llamarte por teléfono y realizarte tu declaración de Renta 2021 (Plan Le Llamamos) necesitas concertar cita del 3 de mayo al 29 de junio, por:
- Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia
- App «Agencia Tributaria»
- Teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- Teléfono de cita previa para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Para atenderte en oficina y realizarte tu declaración de Renta 2021 (atención presencial) necesitas concertar cita del 26 de mayo al 29 de junio, por las mismas vías, excepto el teléfono automático.
La anulación de citas se podrá realizar por cualquiera de los canales citados anteriormente.
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Si has concertado cita para confeccionar por teléfono tu declaración de Renta, debes saber que la Agencia Tributaria te llamará desde el teléfono 810520052 al número de teléfono que nos has facilitado (o desde el 917276222 si nos has facilitado un número de teléfono extranjero).
Para atenderte por teléfono y presentar tu declaración de Renta debe estar allí la persona o personas titulares (la llamada será grabada). Para poder identificarte, si estas registrado en Cl@ve PIN, deberás tener a mano el móvil que comunicaste al registrarte, en otro caso, deberás obtener antes el número de referencia por Internet.
- Obtén tu número de referencia
Debes tener preparada la documentación sobre tu situación personal y en todo caso:
- DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
- Número IBAN de cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
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- Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Así:
• Si vives en un inmueble alquilado necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.
• Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
• Con hipoteca: los recibos de los seguros.
• Por donativos: los justificantes, etc.
Además, debes preparar los documentos siguientes si has percibido el tipo de renta o rentas durante el año 2021 y no aparecen imputados en los datos fiscales:
- Por rendimientos del trabajo:
• Certificado emitido por el pagador.
• Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
• En el supuesto que la colegiación sea obligatoria, el importe de las cuotas satisfechas a colegios profesionales.
• Los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
Renta 2021
- Por rendimientos del capital inmobiliario:
• Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje…de los que sea propietario o usufructuario.
• Para ayudarte a relacionar todos los datos cumplimenta el siguiente documento: Modelo para cumplimentar datos de alquileres
- Por rendimientos del capital mobiliario:
• Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros, etc.
• Si has percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de vivienda habitual:
• Escrituras de compra y de venta.
• Fechas de adquisición y transmisión.
• Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
• Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.
• Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, subvenciones etc.:
• Escrituras y/o documentación acreditativa.
• Fechas de adquisición y transmisión.
• Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
• Certificados de fondos de inversión.
• Justificante de premios
• Justificante de subvenciones...
- Regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo:
• Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.
• Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.
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