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Miércoles, 12 de enero 2022, 01:07
Tener en nuestro buzón una notificación de Hacienda no suele ser plato de buen gusto, y menos si se trata de una multa, cuya cuantías no suelen ser precisamente bajas. La Agencia Tributaria no le quita el ojo de encima a los movimientos de dinero en efectivo y sigue enfrascada en su lucha contra la economía sumergida, una tarea para la que cuenta con un aliado ineludible: los bancos.
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Las entidades bancarias se encargan de comunicar a Hacienda cada uno de los movimientos que consideran sospechosos, atendiendo a una lista de transacciones que la Agencia Tributaria entiende como tal. Realizar alguna de estas operaciones supone atraer el ojo del departamento sobre nosotros, que puede lanzar una inspección si no le encuentran justificación a los datos comunicados por el banco. En ese caso, Hacienda puede pedirnos explicaciones y enviarnos una multa si las mismas no le resultan convincentes.
Por ello hay que tener en cuenta qué movimientos no están permitidos y serán declarados inmediatamente a Hacienda si los realizas:
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Los bancos están obligados a informar de todas las operaciones en las que se empleen billetes de 500 euros. Estos billetes, los famosos 'binladen', son usados habitualmente en transacciones al margen de la legalidad.
Haciena exige que se le comuniquen también los ingresos frecuentes de dinero en efectivo, sin importar la cuantía en cuestión.
Las entidades bancarias tienen que informar a Hacienda de las imposiciones, disposiciones de fondos y los cobros de cualquier otro documento que se realicen en moneda metálica o billetes de banco cuando su importe sea superior a 3.000 euros, independientemente del medio físico o electrónico utilizado.
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Los ingresos, retiradas de efectivo o transferencias que superen los 10.000 euros también irán directas al buzón de Hacienda por parte de las entidades bancarias en las que se realicen.
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