![Aviso de la Seguridad Social: "importante" | El «importante» aviso de la Seguridad Social sobre los aplazamientos](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202111/13/media/cortadas/sgeuridad-social-klZF-U1501135536376pv-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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T.V
Domingo, 14 de noviembre 2021
Nuevo aviso de la Seguridad Social a la ciudadanía a través de Twitter, donde suele comunicar información relevante sobre trámites, plazos y dudas de su departamento. Esta vez, el organismo advierte sobre los aplazamientos y recuerda la forma correcta en la que se pueden solicitar para que sean aprobados.
Si tienes una deuda pendiente con la Seguridad Social, el organismo te facilita que puedas prorrogar el tiempo para terminar de saldarla e ingresar el dinero en un plazo que te venga mejor para hacer frente al pago, pero no de cualquier manera. Para poder optar a un aplazamiento de tu importe, hay que seguir los pasos estblecidos por el departamento y no pasar por alto el punto más importante: hay que solicitarlo siempre dentro del plazo establecido para pagar la deuda.
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Si queremos pedir un aplazamiento tendremos que asegurarnos de estar dentro del periodo que la Seguridad Social marca para pagar la deuda. «Se puede solicitar el aplazamiento de las deudas que estén en plazo reglamentario de ingreso», detallan en un tuit. «Lo que no se puede es solicitar el aplazamiento de cuotas futuras, cuyo plazo reglamentario de ingreso no ha llegado aún», aclaran desde el departamento.
IMPORTANTE: Se puede solicitar el aplazamiento de las deudas que estén en plazo reglamentario de ingreso. Lo que no se puede es solicitar el aplazamiento de cuotas futuras, cuyo plazo reglamentario de ingreso no ha llegado aún https://t.co/1Icee9TpRZ pic.twitter.com/WXSy5TqRw7
Información TGSS (@info_TGSS) November 12, 2021
Desde el departamento aclaran que el aplazamiento «le será concedido siempre que se reúnan una serie de condiciones». Para solicitar el mismo existe un modelo de solicitud que te entregan en cualquiera de las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
«El plazo máximo para la amortización de la deuda es de cinco años, pero dependerá del importe de la deuda y de las circunstancias existentes que se conceda el máximo o uno inferior. La concesión del mismo dará lugar al devengo de intereses, conforme al interés legal del dinero», aclaran desde la Seguridad Social. Además, si dispones de un certificado digital puedes realizar la solicitud a través del trámite 'Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social' en su sede electrónica.
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