Cola en una de las ITV de la ciudad de Valencia. irene marsilla

La justicia anula tres sanciones del Consell a las concesionarias de las ITV

Las sentencias estiman que la administración impulso las multas a las empresas infringiendo el principio de legalidad

Isabel Domingo

Valencia

Martes, 12 de julio 2022, 01:12

La justicia ha anulado tres de las sanciones impuestas por la Conselleria de Economía, a través de la Dirección General de Industria, a las empresas concesionarias del servicio de Inspección Técnica de Vehículos (ITV), donde la Generalitat tiene en marcha el proceso de ... reversión pues en 2023 esta actividad será asumida por una empresa pública.

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Las concesionarias –en concreto cinco de las siete que existen en la Comunitat y que están agrupadas en la Asociación de Entidades Concesionarias de la Comunidad Valenciana para la Inspección Técnica de Vehículos (Aecova-ITV)– acudieron a los tribunales al ser rechazadas las alegaciones que presentaron ante la conselleria.

El departamento de Rafael Climent les abrió un expediente a finales de 2019 al considerar que las instalaciones operaron durante un tiempo sin la acreditación necesaria de la ENAC, que se vio desbordada por la avalancha de solicitudes de toda España para el mismo procedimiento, por lo que no la concedió en el plazo dado para ello pero sí posteriormente.

De esas cinco concesionarias valencianas, tres de ellas reclamaron el procedimiento abreviado en los tribunales debido a la cuantía del importe, por lo que acudieron al juzgado de lo contencioso-administrativo, mientras que otras dos presentaron el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Son las tres primeras las que ya conocen la resolución de la justicia.

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Y los tribunales han estimado el recurso, y por tanto anulado las sanciones, al entender que los expedientes de la conselleria incumplen el principio de legalidad. Así, según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico, declaran «que no son conformes a derecho» y anulan «la resolución» de la conselleria dictada en mayo de 2021. La sentencia no admite recurso.

El texto recoge que se ha infringido el principio de legalidad recogido en la Constitución por el que no se puede imponer una sanción por la comisión de una infracción si no está tipificada en una norma con rango de ley. En este caso, «la administración demandada ha sancionado al demandante aplicando un pliego de cláusulas administrativas, que no es una norma con rango de ley sino un documento que regula una relación contractual entre la administración y un particular».

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En paralelo, las concesionarias del servicio de la ITV en la Comunitat también están pendientes de la resolución de la fase final de alegaciones de otro paquete de sanciones impulsados por los servicios territoriales de la conselleria, en este caso de mayor cuantía pues pasan de los 4.000-36.000 euros a los 60.000 euros. En este caso, los procedimientos comenzaron a finales de 2021 e inicios de 2022.

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