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La ley de agricultura familiar que anuncia Sánchez fue derogada por el PSOE en 1995

Se aprobó en 1981, cuando gobernaba UCD, y el Ejecutivo de González la cambió por una norma más amplia y acorde con las pautas de la UE

Vicente Lladró

Valencia

Lunes, 11 de diciembre 2023, 00:03

Entre las medidas estrella que anunció el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su discurso de investidura para un nuevo mandato, el pasado 15 ... de noviembre, figura la de promulgar una ley de agricultura familiar. Un proyecto que en principio suena de forma inmejorable para un sector agrario en crisis y necesitado de impulsos innovadores, y de igual forma resulta sumamente atractivo si se aprecia la cuestión desde la mayoritaria perspectiva urbana, a menudo tan inquieta por los futuros derroteros rurales.

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Sin embargo no se trata de ninguna novedad, por más que el anuncio político pueda promover la atracción de lo que se plantea como un revulsivo transformador. En España ya hubo una normativa así, y en tiempos democráticos. Se llamó 'Ley del Estatuto de la Explotación Agraria Familiar y de los Jóvenes Agricultores'; se aprobó el 24 de diciembre de 1981, cuando al Gobierno de UCD y Leopoldo Calvo Sotelo le quedaba menos de un año de vida, y fue derogada precisamente por el Gobierno que llegó en octubre de 1982, del PSOE, el mismo partido que gobierna hoy y entonces presidía Felipe González.

La ley que derogó por entero aquella de 1981 no llegó hasta el 4 de julio de 1995. Fue la 'Ley de Modernización de las Explotaciones Agrarias', todavía en vigor, aunque con modificaciones y añadidos, porque se trata de una amplia normativa que ya acogía nuevos conceptos emanados de la legislación europea, con la que no cabe otra cosa que estar en consonancia. Entre medias un Real Decreto, el 808 de 1987, que ya aproximó la transición.

De esa estructura normativa, comunitaria y estatal, derivan así mismo las leyes autonómicas sobre la materia, ocupándose con mayor o menor éxito de regular una serie de líneas de apoyo público -siempre por debajo de las necesidades- al funcionamiento de unas explotaciones agrarias de corte profesional, modernas, dimensionadas y viables. En el caso valenciano tenemos la Ley de Estructuras Agrarias, en trance de afrontar ya cambios cuando apenas se ha estrenado.

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La ley de 1981 ponía el énfasis en la agricultura familiar y contemplaba la incorporación de jóvenes sobre todo como colaboradores de cada explotación, para pasar a dirigirlas cuando se jubilarse los titulares de las mismas. De tal modo que la normativa se ocupaba también de regular cómo realizar los pactos sucesorios entre los herededos, en la mayoría de los casos hermanos, porque cada explotación se asienta sobre unos bienes que algún día pueden ser de varias personas que hereden, no de una, y la que se quede al frente de la misma deberá compensar económicamente a los demás.

La cuestión prevalece, por supuesto, porque los derechos son los mismos, y aquella regulación del 81 no sirvió para mucho, como reconoció 14 años después la ley del 95, al señalar que «los instrumentos aplicados no se han mostrado eficaces». También hacía notar la nueva ley en su preámbulo que «la incorporación de España a la Unión Europea y la consiguiente adaptación de la normativa comunitaria ha dejado obsoleta la regulación que en dicha ley (la Familiar de 1981) se hace en materia de modernización de explotaciones e incorporación de jóvenes». Por ello estableció que «se deroga esta ley», aunque matizaba que sus objetivos generales seguían siendo válidos y se mantenían principios, objetivos y consideraciones de interés.

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La realidad era -y es- que aquel concepto de la explotación agraria familiar quedó superado por la realidad de forma amplia, si bien perdura en ámbitos minoritarios. De cualquier forma, lo que permanece quedó perfectamente englobado en el nuevo ordenamiento, mucho más ancho, que se basa en los conceptos de profesionalidad, dedicación preferente a la actividad agraria y explotaciones prioritarias, sean o no de corte familiar a la antigua usanza, porque el punto de mira está en que tengan dimensión y potencial suficiente para mantener su viabilidad.

Por supuesto prevalece el superior interés en fomentar la incorporación de jóvenes, sean o no de la familia -dejaron de llamarse colaboradores-, porque ése es el gran problema que ha ido a más: no hay continuidad, la población profesional agraria envejece y no hay bastantes sucesores dispuestos a seguir. Hasta tal punto es así que también se cambiaron condiciones para que un joven pueda acceder a ayudas de incorporación. Si en un principio el tope del joven estaba en 35 años, se subió a 40 cumplidos, y si no cuenta con formación y experiencia acreditadas, basta con su compromiso de adquirirlas.

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Sin atractivo para jóvenes

Y como hace 42 años, el nudo gordiano sigue estando en los mismos puntos: rentabilidad decreciente y falta de dimensión. Los jóvenes ven poco atractiva una actividad que no garantiza rentas y donde ven el sufrimiento continuo de llegar a final de mes. Prefieren un sueldo fijo; y si puede ser, de funcionarios. Porque, al mismo tiempo, sin capital no hay manera de tener superficie suficiente con la que se pueda materializar una actividad productora eficiente y mínimamente rentable. Pero ¿cómo adquirirla? La ley del 81 hablaba del 'pacto sucesorio' y de medidas para dinamiza el mercado de la tierra. Sin embargo es obvio que quien suceda al titular -entonces y ahora- tendrá muy difícil ganar lo suficiente para mantenerse y para pagar a los demás herederos. Menos, para comprar fuera. Por eso aquella norma se derogó al quedar «obsoleta». Pero tampoco se pudo arreglar después el problema. Por muchas ayudas que haya, uno no puede ganar a la vez para sí y para adquirir lo necesario con lo que poder ganar lo que le falta para tener la viabilidad que se mantiene en cuestión desde el principio. La pescadilla que se muerde la cola y que lleva al cierre de explotaciones.

¿Será capaz el nuevo Gobierno de Sánchez de movilizar suficiente dinero en apoyo real de una ley que contribuya de verdad a modernizar suficientes explotaciones agrarias viables? Nunca se ha cumplido una cosa así. Como tampoco ha habido decisión política para utilizar preceptos legales que puedan rozar derechos sucesorios y de propiedad para movilizar tierras incultas y facilitar que las cultiven quienes las pongan a trabajar, por su bien y el general.

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