![Dinero en efectivo: multa de Hacienda | Cómo evitar una multa de Hacienda tras cometer una infracción con dinero en efectivo](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202210/31/media/cortadas/multa-hacienda-kWmF-U180557567677LLC-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Martes, 1 de noviembre 2022, 20:41
Las multas de Hacienda no suelen ser ligeras y tener que hacer frente a una sanción del departamento puede afectar bastante a tu bolsillo. La Agencia Tributaria lleva años endureciendo su normativa para hacer frente a posibiles ilegalidades, en especial en lo relativo a la economía sumergida. Buen ejemplo de ello son los 1.000 euros de límite a los pagos con dinero en efectivo que el Ministerio restrigió el pasado julio, con el fin de perseguir las operaciones 'en negro'.
El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave, que puede ser cometida «tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida», detallan desde el departamento.
Además, la Agencia Tributaria podrá dirigirse indistintamente contra pagador y receptor para sancionarles poor la infracción cometida y su correspondiente sanción.
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La base de la sanción de Hacienda será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera). La Agencia Tributaria impondrá una multa proporcional del 25% de la bas, «contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones», aclara Hacienda en su sede electrónica.
Si has cometido una infracción con dinero en efectivo y temes la respuesta del departamento, conviene que conozcas cómo evitar una multa de Hacienda. El propio departamento acalara cómo actuar en estos casos para ahorrarte un buen susto: «No será responsable de la infracción y por lo tanto no se le impondrá sanción alguna por la operación realizada, el pagador o receptor que denuncie ante la Agencia Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago efectuado en incumplimiento de la limitación», detalla el Ministerio. Eso sí, para ello es imrpescindible que se faciliten los datos del importe y la identidad de la otra parte interviniente.
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«La denuncia que pudiera presentar con posterioridad la otra parte interviniente se entenderá por no formulada. En caso de presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes, no se exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos», aclara Hacienda. «La infracción prescribirá a los cinco años, a contar desde el día en que la infracción se hubiera cometido», puntualiza la Agencia Tributaria.
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