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La multa de Hacienda por pagar más de 1.000 euros en efectivo y la forma de evitarla si ya lo hemos hecho

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave

Clara Alfonso

Valencia

Viernes, 8 de diciembre 2023, 00:53

A pesar de que, actualmente, gran parte de la población utiliza la tarjeta para realizar cualquier pago, hay quien se mantiene fiel al dinero en efectivo. Es por ello que es importante saber cuál es el límite de dinero en efectivo que podemos llevar encima para pagar y las multas que podemos percibir en caso de no cumplir con ello.

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Llevar dinero en efectivo encima nunca está de más, porque sigue habiendo establecimientos donde no se permite el pago con tarjeta o que exigen llegar a una cantidad mínima para ello. Así que aunque cada vez lo hagamos menos, pasar por el cajero de vez en cuando sigue siendo necesario.

En este contexto, Hacienda decidió endurecer las medidas para vigilar los movimientos con dinero en efectivo en julio de 2021, para tratar de cercar las operaciones asociadas a la economía sumergida. Este método de pago siempre ha sido un quebradero de cabeza para el departamento por la dificultad que supone rastrear su origen y las transacciones realizadas con él.

Desde entonces, los pagos con dinero en efectivo quedaron limitados a un máximo de 1.000 euros, en lugar de los 2.500 euros que estaban. De no respetarse este límite, Hacienda puede poner en marcha una investigación sobre tus cuentas, pedir una justificación de cualquier operación que considere sospechosa y, de no ver clara la respuesta, imponer una sanción.

Multa por incumplimento de las limitaciones

Tal y como explican desde la Agencia Tributaria, «el incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave, que puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida». Es decir, que tanto el pagador como el receptor deberán responder de forma solidaria de la infracción que se cometa y de la sanción que se imponga, lo que supone que la Agencia Tributaria podrá dirigirse indistintamente contra cualquiera de ellos o contra ambos.

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Cabe destacar que, esta limitación, «se aplica a la operación, no al pago en efectivo en sí». Es decir, que si tenemos que pagar una operación de 1.100 euros y pagamos en efectivo 200, estaríamos incumpliendo la norma.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera). «La sanción consistirá en una multa proporcional del 25% de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50% del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones», añaden.

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Cómo evitar pagar la multa

La única forma de librarse de la multa, es que el pagador o receptor denuncie la infracción ante la Agencia Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago efectuado en incumplimiento de la limitación, siempre que facilite el importe y la identidad de la otra parte interviniente.

La denuncia que pudiera presentar con posterioridad la otra parte interviniente, «se entenderá por no formulada». No obstante, la institución es clara: «En caso de presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes, no se exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos».

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La infracción prescribirá a los cinco años, a contar desde el día en que la infracción se hubiera cometido. Por su parte, la sanción derivada de la comisión de la infracción prescribirá a los cinco años, que comenzarán a contarse desde el día siguiente al que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.

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