![ITV | Las nuevas multas de la ITV a partir del 1 de junio](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202105/27/media/cortadas/itv-inspeccion-kHp-U1405137458354sC-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
![ITV | Las nuevas multas de la ITV a partir del 1 de junio](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202105/27/media/cortadas/itv-inspeccion-kHp-U1405137458354sC-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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R. D. | patxi fernández
Jueves, 27 de mayo 2021, 20:34
Las ITV van a sufrir grandes modificaciones a partir del 1 de junio. Recientemente se informaba de que las inspecciones van a ser mucho más duras por la cantidad de vehículos (dos millones y medio) que circulan por las carreteras españolas sin tener la ITV en regla. Pues bien, las multas también se endurecen en apenas unos días.
Circular sin tener la ITV ni el seguro vigente se considera una infracción grave o muy grave. De acuerdo al régimen legal actual, no tener la inspección técnica al día puede conllevar una sanción económica de 200 o 500 euros, dependiendo del caso; mientras que no tener el seguro obligatorio vigente, puede implicar una multa que varía desde los 601 euros a 3.005 euros, según el tiempo sin asegurar y la reiteración de la infracción.
Tener la ITV caducada, es decir, tanto circular con el vehículo como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía acarrea una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV. Seguir circulando con el vehículo pese a que se detecten defectos graves que sólo le permitirían desplazarse hasta el lugar de reparación genera una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos.
Circular con una ITV negativa, es decir, seguir circulando con el vehículo al cual se le han detectado defectos muy graves acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de los defectos.
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REDACCIÓN / Ep
R. D. | patxi fernández
A esta situación de sanciones por no tener la ITV vigente, hay que añadir la no cobertura de la compañía aseguradora en caso de siniestro, lo que puede originar unos elevados gastos para el propietario del vehículo en función de la gravedad del siniestro.
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