J.Z
Domingo, 26 de febrero 2023, 00:14
El Gobierno ha decidido la subida del Salario Mínimo Interpofesional en un 8%. Las personas afectadas, que son alrededor de dos millones de españoles, pasarán de cobrar 1.000 euros brutos a 1.080. Un pequeño ingreso extra que les afecta positivamente, pero que también repercutirá sobre aquellas personas que quieren cobrar el subsidio por desempleo.
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Para poder acceder a estas ayudas al estar sin empleo es necesario cumplir una serie de requisitos, entre los que destaca un límite de rentas mensuales que no se puede superar. Este margen viene marcado por el Salario Mínimo Interprofesional, tal y como indica el artículo 275 de la Ley General de Seguridad Social.
Esta regulación explica lo siguiente: «Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando el solicitante o beneficiario carezca de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias».
Por tanto, al aumentar el SMI sube a la par ese 75%, lo que implica que más personas puedan aspirar a los subsidios por desempleo al ampliarse ese límite de rentas mensuales. Esta situación no solo involucrará a los desempleados que pidan la ayuda en 2023, sino también a aquellos que se quedaron sin ella por superar ese máximo de ingresos.
La razón es que el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) da un año de plazo para cumplir esa condición, por lo que si se cumpliera los requisitos restantes y en unos meses el mencionado sí que podrían cobrarlo: «Si no cumpliera este requisito en la fecha del hecho causante, podrá acceder al subsidio si lo cumple y lo acredita dentro del plazo de un año desde entonces».
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-Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
-Subsidio por desempleo por responsabilidades familiares.
-Subsidio por desempleo para mayores de 45 años sin responsabilidades familiares.
-Subsidio por desempleo por cotizaciones insuficientes.
-Subsidio por desempleo por mejora de una incapacidad permanente.
-Subsidio por desempleo para personas que han sido liberadas de prisión.
-Subsidio por desempleo para emigrantes retornados a España.
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