La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una imagen de archivo. L.P

Así es el nuevo «permiso climático» aprobado por el Gobierno: hasta cuatro días de ausencia al trabajo remunerados

Los convenios colectivos tendrán que adoptar planes preventivos y los representantes sindicales podrán acordar paralizar la actividad

Sara Bonillo

Valencia

Jueves, 28 de noviembre 2024, 14:35

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Trabajo, ha aprobado este jueves un nuevo «permiso climático», que blinda el derecho de los trabajadores a no acudir al trabajo en caso de catástrofes o alertas climáticas. En concreto, los trabajadores dispondrán de permisos remunerados de hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acceder al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso.

Publicidad

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, ha anunciado que después de esos 4 días, las empresas tendrán la opción de integrar a los empleados en un ERTE o prorrogar el permiso, compartiendo el coste. También se contempla la posibilidad de que la empresa establezca el trabajo a distancia en el marco de la ley 10/2021 si su actividad lo permite.

La norma aprobada este jueves también establece la obligatoriedad de que los convenios incluyan un protocolo de actuación que recojan medidas de prevención de riesgos específicamente referidas a la actuación frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos.

Además, estas nuevas medidas contemplan el derecho de los trabajadores a ser informados de las actuaciones previstas con motivo de la activación de alertas por catástrofes. Ante riesgos graves e inminentes, la empresa estará obligada a informar lo antes posible de las medidas a adoptar y dar instrucciones para interrumpir la actividad, que quedará suspendida hasta que remita el peligro.

Las empresas tendrán un plazo de 12 meses para tener diseñados protocolos climáticos en sus respectivos ámbitos. Estos protocolos que tendrán que elaborar las empresas en el plazo de un año se tendrán que adaptar los riesgos climáticos de cada una de ellas.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€

Publicidad