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Una oficina de empleo, en una imagen de archivo. EP
Los parados afectados por la dana podrán adelantar el cobro de la prestación por desempleo

Los parados afectados por la dana podrán adelantar el cobro de la prestación por desempleo

El SEPE y la Asociación Española de Banca firman un convenio para anticipar el cobro y facilitar la liquidez

Nacho Ortega

Valencia

Viernes, 20 de diciembre 2024, 00:09

Los parados que se hayan visto afectados por la dana podrán cobrar las prestaciones de desempleo antes del momento en el que lo recibían hasta ahora. La Asociación Española de Banca (AEB) ha firmado un convenio con el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE), al que pueden adherirse los bancos, para adelantar el pago de las prestaciones de desempleo a aquellas pesonas que vivan en municipios que sufrieron las consecuencias de las inundaciones del 29 de octubre de 2024.

Las entidades que se unan a este convenio de colaboración adelantarán total o parcialmente el dinero de las prestaciones por desempleo según el Real Decreto-ley 7/2024, antes de recibir los fondos del SEPE, una situación que funcionará de manera muy similar al convenio que se firmó en 2020 con motivo de la pandemia del covid-19, en la que miles de trabajadores se vieron inmersos en ERTEs forzosos.

Podrán recibir estos adelantos las personas con prestaciones por desempleo reconocidas entre el 28 de octubre y la fecha de fin del convenio, siempre que el SEPE gestione la prestación.

Hasta el 31 de diciembre de 2025

Esta colaboración facilita los adelantos según los criterios del convenio, vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. El SEPE pagará a las entidades adheridas a través del circuito financiero de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La finalidad de estos convenios es la de mejorar la liquidez de las personas beneficiarias de las prestaciones o subsidios por desempleo gestionados por el SEPE, en este caso para facilitar y anticipar la liquidez de las prestaciones de las personas afectadas.

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