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EFE
Cómo pedir las ayudas del Plan Renove 2020, cuantía y documentación necesaria

Cómo pedir las ayudas del Plan Renove 2020, cuantía y documentación necesaria

La plataforma informática para solicitar las ayudas del Plan Renove estará activa a partir del martes 20 de octubre

LP.ES

VALENCIA

Viernes, 16 de octubre 2020, 17:54

La plataforma informática para solicitar las ayudas del Plan Renove estará activa a partir del próximo martes, 20 de octubre a partir de las 10.00 horas y se espera que más de 135.000 personas acudan ya a esta convocatoria, según las peticiones presentadas hasta el momento ante los concesionarios.

Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación. La cumplimentación y registro de la solicitud conllevará una reserva de presupuesto por la cuantía que le corresponda.

En el caso de que el interesado sea una persona física, los concesionarios podrán facilitarle los medios electrónicos que le permitan tramitar la solicitud de ayuda, para lo que deberá contar con certificado de firma electrónica avanzada. Asimismo, el interesado podrá nombrar un representante para la realización de la solicitud y gestión de la documentación, que deberá estar autorizado por el interesado a tal efecto.

La apertura del sistema telemático de gestión permitirá la presentación de solicitudes y la reserva de la ayuda estatal correspondiente al Plan Renove 2020, dotado con 250 millones de euros y que está pensado para facilitar la renovación del parque automovilístico y modernizarlo, con lo que se pretende también reducir las emisiones de gases a la atmósfera.

Se podrán solicitar ayudas para vehículos nuevos comprados y matriculados a partir del 15 de junio de 2020, inclusive. Esto implica que, a partir de dicha fecha, e independientemente de si la solicitud de ayuda y justificación de la compra es posterior, se podrá:

- Comprar un vehículo.

- Matricular el vehículo y circular con él.

- Achatarrar un vehículo antiguo y darlo de baja con carácter definitivo.

Cuantía de las ayudas

En función de la categoría a la que pertenezca el vehículo, las ayudas puede oscilar entre los 300 euros y los 4.000 euros de ayuda para los turismos, entre los 700 y los 4.000 para las furgonetas ligeras, 4.000 euros para autocares y entre 200 y 750 para motocicletas. En todos los casos la ayuda se puede ampliar en 500 euros más por movilidad reducida o ingresos bajos, según se puede ver en la tabla publicada po el Gobierno.

Cómo pedir las ayudas

Aquí puedes ver cómo pedir las ayudas y la documentación necesaria, según el documento oficial publicado por el Gobierno.

Documentación necesaria

Junto con la solicitud de ayuda, además de aportar el formulario de solicitud, se deberá aportar:

- Documento justificativo de pedido de vehículo nuevo.

Este documento sólo será obligatorio aportarlo en el caso de que el vehículo objeto de la subvención sea nuevo, no siendo necesario en el caso de adquisición de vehículos seminuevos, o de arrendamiento por renting o leasing financiero.

En el caso de operaciones de arrendamiento (renting y/o leasing financiero), la empresa arrendadora facilitará al cliente un certificado emitido por ella misma en el que ésta declare la fecha en la que ha cursado al concesionario el pedido del vehículo, no siendo necesario documento justificativo de pago de la señal económica. En dicho certificado se incluirán los datos necesarios que permitan identificar tanto el concesionario(nombre, domicilio, NIF) como el vehículo (marca, modelo, versión).

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El modelo de pedido podrá descargarse desde la propia aplicación informática cuando esté habilitada; hasta dicho momento, se aportará un documento de pedido quecontenga al menos los siguientes campos:

 Datos necesarios que permitan identificar al concesionario.

 Datos necesarios que permitan identificar al comprador del vehículo.

 Fecha del pedido.

 Cuantía de la señal entregada a cuenta por el pedido del vehículo. Dicha señal deberá ser al menos de la misma cuantía que la ayuda estatal solicitada, sin tener en cuenta para su cálculo el descuento del concesionario ni las posibles ayudas adicionales estatales, y sin que sea necesario que sobrepase los 1.000 euros, excepto que las partes así lo acuerden o el concesionario/punto de venta/agencia de venta así lo exija para formalizar el pedido. En el caso de que el vehículo sea financiado en su totalidad, o en el caso de arrendamiento (renting y/o leasing financiero), no será necesaria la señal.

 El documento deberá ir firmado por un representante del concesionario, punto de venta o agencia de venta, y por el comprador del vehículo.

- Documento justificativo de pago de la señal económica entregada al concesionario.

Este documento sólo será obligatorio aportarlo en el caso de que el vehículo objeto de la subvención sea nuevo, no siendo necesario en el caso de adquisición de vehículos seminuevos, de arrendamiento (renting y/o leasing financiero) o en el caso de que el vehículo sea financiado en su totalidad.

En el caso de que el vehículo sea financiado en su totalidad, en lugar del documento justificativo del pago de la señal, será necesario aportar un documento de solicitud de financiación por la totalidad del importe del vehículo que aparece en el presupuesto establecido en el pedido, y firmado por ambas partes.

- Representación legal

En su caso, autorización del interesado autorizando a un tercero como representante que lo habilite para presentar la solicitud en su nombre y toda la documentación exigida, firmada por ambas partes. El modelo de autorización podrá descargarse desde la propia aplicación informática cuando esté habilitada; hasta dicho momento, será válido cualquier documento de autorización que recoja los extremos indicados en el presente párrafo.

Además, en el formulario de solicitud se deberá marcar que el interesado declara responsablemente:

- Si es una empresa, que su situación no entra dentro de la definición de empresa en crisis

- Cuando proceda, que es una persona física que pertenece a un hogar con unos ingresos mensuales inferiores a 1.500 €.

- Si ha solicitado otras ayudas para la compra del mismo vehículo para el que solicita ayuda en el Programa RENOVE 2020, que la suma de todas las ayudas solicitadas nosupera el coste total del vehículo.

Tras realizar la reserva de presupuesto, el solicitante dispondrá de 120 días naturales (180 si ha solicitado ayudas para un vehículo de las categorías M2, N2, M3 o N3) para aportar la siguiente documentación digitalizada:

- Si el solicitante se opone en la solicitud de ayuda a que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social:

 Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias

 Certificado de estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

En cualquier caso, dicho certificado deberá aportarse siempre que la cuantía de la ayuda supere los 3.000 €.

- En el caso de que la empresa tribute en la Hacienda Foral:

Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias emitido por la Hacienda Foral correspondiente.

- En relación al vehículo adquirido:

 Fotocopia de la Ficha Técnica (Tarjeta ITV) del Vehículo adquirido.

 Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido o fotocopia del Permiso

de Circulación provisional. En este último caso, se exigirá la subsanación y aportación

de fotocopia del Permiso de Circulación definitivo en un plazo de 10 días.

 Fotocopia de la factura de venta del vehículo

 Documentos justificativos del pago de la factura de compraventa del vehículo.

- Si el interesado es una empresa:

 Certificado del Registro Mercantil o, en su defecto, poder notarial. También serán válidas las Escrituras de Constitución de la empresa junto con sus modificaciones debidamente registradas.

 Fotocopia del certificado de inscripción en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

- Si el interesado es un profesional autónomo:

Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la AEAT.

- En relación al vehículo achatarrado (en su caso):

 Fotocopia del «Certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo», o, en su defecto, informe del Registro General de Vehículos de la correspondiente Jefatura Provincial de Tráfico, que acredite la baja definitiva.

 Fotocopia del anverso y reverso, de la ficha técnica (tarjeta ITV) del vehículo achatarrado, en vigor al menos hasta el 14 de marzo de 2020. En ausencia de cualquiera de estos documentos, se aportará el Informe de la Dirección General de Tráfico con el historial del vehículo.

 Fotocopia del recibo del IVTM del vehículo achatarrado, debidamente abonado, al menos desde el ejercicio de 2019.

- Para personas físicas con movilidad reducida: certificado que emiten los órganos de valoración competentes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o de las CCAA.

- Renting (además de los documentos anteriores que sean de aplicación):

 Fotocopia del contrato de renting.

- Leasing financiero (además de los documentos anteriores que sean de aplicación):

 Documento de reconocimiento de relación contractual entre la empresa arrendadora de leasing financiero y el solicitante de la ayuda (arrendatario), en el que se recogerá, además de los datos identificativos de ambos firmantes, que la empresa de leasing es la parte encargada de realizar el pedido al concesionario y pagar el vehículo que le ha solicitado el arrendatario. Este modelo podrá ser descargado desde la propia aplicación informática cuando esté habilitada.

- En el caso de que una agencia de venta haya intervenido como intermediadora:

 Documento de reconocimiento de relación contractual entre concesionario y agencia de venta en el que se reconozca la relación contractual entre dicha agencia de venta y el concesionario o punto de venta suministrador del vehículo, firmado por ambas partes. El modelo podrá descargarse desde la propia aplicación informática cuando esté habilitada.

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