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Jubilado en un banco. EUROPA PRESS
Jubilación y pensiones | Los trabajadores que pueden cobrar dos pensiones de jubilación a la vez

Los trabajadores que pueden cobrar dos pensiones de jubilación a la vez

Algunos profesionales pueden recibir dos prestaciones si cumplen con una situación específica

T.V

Martes, 21 de diciembre 2021, 00:52

Los pensionistas comenzarán el nuevo año con buenas noticias. Este 2022 no solo arranca con una subida de sus nóminas del 2,5%, en línea con la inflación media de los últimos doce meses que mantiene los precios al alza y se está dejando notar en la economía doméstica. Los jubilados también verán en su cuenta un ingreso extra de 232 euros de media, que se ingresará en la segunda mitad de enero, cuando recibirán una paga para compensar la desviación de los precios.

Sin duda se trata de una noticia positiva en medio del revuelo que causa la reforma del sistema de pensiones, que contempla una batería incentivos y penalizaciones dirigida a retrasar la edad de jubilación efectiva y acercarla a la edad legal. La jubilación es un quebradero de cabeza para más de uno y se ha convertido en una auténtica preocupación para muchos trabajadores, que ven cercana la hora de su retirada profesional. Sin embargo, para algunos profesionales retirarse puede venir acompañado de un 'extra', ya que pueden optar a cobrar dos pensiones.

Si bien es cierto que lo más normal es percibir una única pensión al jubilarse, hay ciertas excepciones. Algunos ciudadanos pueden tener dos pagas diferentes una vez se retiren profesionalmente, aunque para ello tienen que tener una situación especial: haber trabajado en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social y haber llegado a generar en cada uno de ellos los requisitos necesarios para tener acceso al subsidio. Por ejemplo, los trabajadores que han desempeñado su labor en una empresa y también como autónomos, tienen derecho a la jubilación que supone ser asalariado en una compañía ajena y a otra como autónomo.

Para poder acceder a estas pensiones se deben cumplir además varios requisitos:

- El trabajador tiene que llegar a los 66 años de edad o a los 65 años si ha trabajado más de 37 años y tres meses.

- Estar dado de alta en los dos regímenes que generan pensión. Si solo se está en uno, se debe poder acreditar que se ha cumplido con el periodo mínimo de cotización del régimen en cuestión.

Después existen requisitos específicos para cada jubilación, empezando por que se tienen que tener cotizados un mínimo de 15 años en cada régimen y dos de ellos deben ser en los últimos 15 para poder tener la pensión mínima.

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