Toda la vida trabajando y cotizando para cobrar una pensión, pero ¿y si se pudiera cobrar una prestación pública sin haber cotizado el periodo mínimo exigido por la Seguridad Social? Obviamente la diferencia entre ambas cuantías puede ser abismal, pero se asegura así un ingreso mensual para toda persona sin tener en cuenta el periodo laboral. La pensión máxima oscila los 3.000 euros y en este caso lo máximo que se puede cobrar al mes supera por poco lo 420 euros. Así se puede cobrar una pensión al jubilarse sin haber cotizado lo exigido por la Seguridad Social.
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Los últimos años de etapa laboral son un continuo análisis de ver cuándo se cumplen los requisitos exigidos por la Seguridad Social para poder jubilarse, así como saber cuál será la cuantía final que se cobrará cada mes. Para ello ya existe una calculadora en la web de la Seguridad Social que determina si la jubilación estaría en regla y cuál sería de forma orientativa la pensión de jubilación que se ingresaría en 12 pagos más dos extraordinarios.
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Para poder jubilarse hay que superar la edad de jubilación, que ahora está establecida en 66 años y 2 meses pero en 2027 alcanzará los 67 años, y también haber tenido un periodo mínimo de cotización en la Seguridad Social de 15 años. Pero existe una opción de cobrar una pensión al jubilarse, aunque no sea de jubilación. Mientras las jubilación están fijadas por la Ley General de la Seguridad Social, en este caso la pensión está adscrita al Imserso, siendo el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el que concede una prestación para aquellos casos en los que no se alcanza el periodo mínimo exigido de cotización (15 años) y siempre que se supere la edad de 65 años y no se tenga derecho a una pensión contributiva.
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Esta pensión es muy básica, puede otorgarse de forma mínima y se ingresaría en 12 mensualidad y 2 pagas extraordinarias un montante de 105,35 euros. En su cuota máxima se podría alcanzar un pago mensual de 421,40 euros. Esta pensión tras jubilarse sin cotización no sobrepasará los 5.899,60 euros anuales. Pero no es una prestación puramente económica, de ingreso bancaria, sino que la administración garantiza asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
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