![El complemento extra con el que los pensionistas pueden cobrar 1.700 euros antes de 2025](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/08/29/pareja-ReJScUBm1latYkOAb8mKq2J-1200x840@Las%20Provincias.png)
![El complemento extra con el que los pensionistas pueden cobrar 1.700 euros antes de 2025](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/08/29/pareja-ReJScUBm1latYkOAb8mKq2J-1200x840@Las%20Provincias.png)
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En el contexto de la igualdad de género y la búsqueda de compensar las desigualdades en las pensiones, el sistema de Seguridad Social español ofrece un complemento que puede resultar en un ingreso adicional significativo para los pensionistas. Este complemento, conocido como el complemento por la brecha de género, está diseñado para mitigar las disparidades económicas en las pensiones derivadas de las diferencias en las trayectorias laborales entre hombres y mujeres, particularmente aquellas derivadas del papel principal que muchas mujeres han asumido en el cuidado de sus hijos.
A pesar de que el complemento se diseñó originalmente con la intención de beneficiar principalmente a las mujeres, una resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que no debe ser excluyente para un solo género. Por lo tanto, tanto hombres como mujeres pueden solicitar este complemento, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Esta medida busca promover una mayor equidad, reconociendo que los hombres también pueden haber asumido responsabilidades de cuidado que impactaron en sus trayectorias laborales y, por ende, en sus pensiones.
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En este contexto, los pensionistas podrán beneficiarse de un complemento de hasta 1.700 euros adicionales en su pensión en 2025, una cantidad que se fija anualmente en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Aunque aún no se ha determinado si esta cantidad experimentará un incremento en el próximo año, es un alivio económico significativo para aquellos que cumplen con los requisitos necesarios.
Los requisitos que se requieren para poder acceder a este complemento incluyen estar afiliado a cualquier régimen de la Seguridad Social y presentar una solicitud para una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
También es necesario tener uno o más hijos debidamente registrados en el Registro Civil. Sin embargo, los requisitos varían según la fecha de nacimiento de los hijos. Para nacimientos anteriores a 1995, los padres deben haber acumulado un mínimo de 120 días de ausencia de cotización en los nueve meses previos al nacimiento y los tres años posteriores.
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Por otro lado, en los casos de nacimientos a partir de 1995, se establece una condición específica para los varones. La suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento del hijo debe ser al menos un 15% menor que la suma de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al nacimiento.
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