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J.Zarco
Valencia
Viernes, 27 de diciembre 2024, 01:52
El Gobierno ha confirmado que las pensiones no contributivas subirán en el año 2025 un 9%, una cantidad mucho mayor que el 2,8% en el que se incrementarán las contributivas. El Consejo de Ministros aprobó este lunes el Real Decreto-ley de revalorización de las pensiones para 2025, que fue publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado.
De este modo, la cantidad íntegra de las pensiones no contributivas, ya sea jubilación o invalidez, crecerá hasta los 7905,80 euros anuales. De forma mensual, equivale a 564,7 euros mensuales en 14 pagas. La cuantía mínima del 25% sube a 1.976,38 euros anuales y 141,17 euros mensuales.
Con respecto a las pensiones no contributivas de invalidez que incluyen el complemento del 50%, el importe será de 11.858,7 euros anuales, 847,05 euros mensuales en 14 pagas. Se trata de un complemento al que acceden personas con un grado de discapacidad igual o superior al 75% y la necesidad de la asistencia de otra persona para realizar las actividades esenciales del día a día.
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Las pensiones no contributivas seguirán aumentándose a lo largo de los próximos años hasta coincidir en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal, situándose en los 8.250 euros anuales y los 592 mensuales.
En consecuencia aumenta el límite de ingresos para acceder a esta ayuda. Desde 2025 pasará de los 7.250,60 euros anuales a los 7.905,80 euros anuales. Si se convive con familiares, los límites serán los siguientes:
En convivencia únicamente con cónyuge o parientes consanguíneos de segundo grado:
2 convivientes: 13.435,36 euros por año.
3 convivientes: 18.967,57 euros por año.
4 convivientes: 24.499,77 euros por año.
Convivencia con parientes consanguíneos que incluyan alguno de los padres o hijos del beneficiario:
2 convivientes: 33.588,40 euros por año.
3 convivientes: 47.418,92 euros por año.
4 convivientes: 61.249,44 euros por año.
Son prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no hayan cotizado nunca a la Seguridad o no hayan cotizado el tiempo suficiente para poder solicitar las prestaciones contributivas.
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