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La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que la Seguridad Social concede a aquellas personas que, tras haber sufrido una enfermedad o un accidente, ven reducida o anulada su capacidad para trabajar. Para que una persona sea beneficiaria de esta prestación, debe pasar por un proceso de evaluación médica y administrativa que determine si realmente presenta limitaciones laborales irreversibles o de larga duración. No obstante, el reconocimiento de una incapacidad permanente no implica que la situación sea inalterable, ya que la Seguridad Social tiene la potestad de revisar estas prestaciones periódicamente para verificar si las condiciones de salud del beneficiario han cambiado.
Desde el despacho de abogados 'Toro' explican que hay diversas circunstancias en las que la Seguridad Social puede decidir retirar o suspender la pensión por incapacidad. En este sentido, algunos de los escenarios en los que se puede producir la pérdida de la incapacidad permanente son:
- Mejoría en la salud del beneficiario: Si en una revisión médica se determina que la persona ha recuperado su capacidad para trabajar, se puede revocar la pensión.
- Fallecimiento del pensionista: En este caso, la prestación queda extinguida de manera automática.
- Acceso a la pensión de jubilación: Al llegar a la edad de jubilación, la pensión por incapacidad permanente se transforma en una pensión de jubilación.
- Pérdida del derecho a la prestación: Si el INSS determina que se ha producido alguna irregularidad o que la incapacidad no se ajusta a los criterios establecidos, se puede revocar la pensión.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) establece un plazo en el que puede revisar la situación del beneficiario. Esto suele suceder cuando existe la posibilidad de mejoría en la salud del afectado. En estos casos, el INSS convoca al pensionista a una revisión médica en la que se determina si las lesiones persisten, han empeorado o han desaparecido.
En este contexto, es fundamental acudir a esta cita, ya que la ausencia injustificada podría derivar en la suspensión automática de la prestación. Además, la revisión también puede ser beneficiosa en algunos casos, ya que si se acredita un empeoramiento de la salud, el beneficiario podría solicitar un aumento del grado de incapacidad.
Tal y como explican desde el citado bufete, la Seguridad Social también puede suspender la pensión por incapacidad permanente en los siguientes supuestos:
- Si se detecta que el beneficiario ha fingido su dolencia o ha proporcionado información falsa para obtener la prestación.
- Si la incapacidad ha sido causada o agravada por una acción negligente del propio beneficiario.
- Si la persona deja de seguir el tratamiento médico o rehabilitador recomendado sin una causa justificada, la Seguridad Social puede suspender la pensión.
En caso de que la Seguridad Social decida retirar la pensión, el afectado tiene derecho a impugnar la decisión. El primer paso es presentar una reclamación administrativa previa, en la que se aporten pruebas médicas y otros documentos que demuestren que la incapacidad persiste.
Si la reclamación es denegada, la vía judicial sería la siguiente opción. En este caso, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Seguridad Social es clave para aumentar las posibilidades de éxito. Desde el despacho 'Toro' destacan que un informe pericial médico puede ser determinante para demostrar que el beneficiario sigue cumpliendo los requisitos para recibir la prestación.
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