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Un juzgado en Granada. Ramón L. Pérez / Ideal

Un juzgado perdona una deuda de 18.000 euros a un pensionista con incapacidad que cobraba 700 € al mes

El hombre recurrió a créditos rápidos para hacer frente a sus gastos de subsistencia tras sufrir una invalidez

Europa Press

Viernes, 9 de febrero 2024, 00:51

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada ha exonerado a un pensionista de la localidad de Güevéjar de una deuda de casi 18. ... 000 euros que acumuló con diferentes 'créditos rápidos' a los que recurrió para poder hacer frente a sus gastos de subsistencia, dado que tenía una invalidez y su pensión era de 700 euros.

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En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado concede la exoneración a este hombre que sufre una incapacidad permanente total que le ha impedido trabajar durante años favoreciendo su endeudamiento. Su única fuente de ingresos durante este tiempo ha sido su pensión de 700 euros, lo que hizo inviable atender la cuota mensual adeudada a todas las entidades bancarias con las contrajo estos créditos.

Amenazas de embargo

Comenzaron entonces las llamadas de recobro y amenazas de embargo hacia el granadino, según relata Pepe Domínguez, abogado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que ha llevado su caso. «Este acoso suele ser normal y provoca en el asociado una situación de malestar y de estrés imposible de afrontar por sí solo», expone.

Tras intentar negociar por su cuenta con los bancos y demás acreedores sin éxito, el hombre acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, donde le animaron a comenzar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad.

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'Segunda oportunidad'

Al iniciar el proceso se produjo la paralización de cualquier pago por los préstamos y tarjetas, así como del devengo de intereses. Además, cualquier ejecución o embargo quedaba en suspenso hasta que el caso se resolviera. Junto a ello, «cesó considerablemente el acoso de los acreedores».

Posteriormente, se solicitó al Juzgado de lo Mercantil 1 de Granada que se exonerara el 100 por ciento de las obligaciones pendientes del deudor; lo cual fue aceptado permitiéndole una «segunda oportunidad» sin lastres financieros.

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