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Viernes, 18 de febrero 2022, 23:38
Los pensionistas y jubilados que cobren una pensión de la Seguridad Social deben tener en mente una próxima fecha en el calendario. Si bien es cierto que aún faltan unos meses para que arranque la campaña de de la Declaración de la Renta y el Patrimonio de los ingresos obtenidos durante el pasado 2021, se pondrá en marcha el 6 de abril de 2022 y hay que saber si se debe realizar o no.
Porque aunque muchos beneficiarios de las prestaciones de la Seguridad Social están exentos de realizar la declaración, hay otros pensionistas que sí deben hacerla y es muy importante conocer si eres o no uno de ellos para evitar problemas posteriores como multas o reclamaciones de dinero por parte del Ministerio.
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El trámite se podrá realizar a partir del próximo 6 de abril desde el portal web de la Agencia Tributaria, aunque la campaña este año se prolongará entre entre el 1 y el 30 de junio. Como novedad este año se incorpora el alza del impuesto para las rentas a partir de 300.000 euros y los patrimonios de más de 10 millones de euros.
Tal y como fija la normativa de la Agencia Tributaria, los siguientes pensionistas no estarán exentos de presentar sus declaraciones y deberán gestionar el trámite entre las fechas mencionadas:
- Pensionistas con un rendimiento de capital superior a los 1.600 euros.
- Personas que reciban una pensión del extranjero, siempre que se superen los 1.500 euros mensuales.
- Los ciudadanos que tienen un plan de pensiones y llevan a cabo un rescate parcial o total de su plan, si se superan los 1.500 euros.
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Novedades sobre los fondos de pensiones de empleo
Por otra parte, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha anunciado este viernes que el anteproyecto de ley para la creación de los fondos de pensiones de empleo volverá al Consejo de Ministros del próximo martes, 22 de febrero.
El impulso del Gobierno a los planes de pensiones de empleo en las empresas incluirá también a los autónomos y a los funcionarios de las Administraciones Públicas más pequeñas. Con esta normativa también se pretende reforzar el segundo pilar del sistema de pensiones. Además, responde a la recomendación 16 del Pacto de Toledo, a la reforma del componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y a la disposición adicional 40 de la ley de Presupuestos de 2021.
Aunque los planes de empresa ya existen, la diferencia que introduce este anteproyecto de ley es la «implicación directa» por parte del Estado y, en concreto, de la Administración Pública y de la Seguridad Social, en la promoción de los fondos de empresa.
El Gobierno observa que en las últimas décadas se ha acentuado el desequilibrio entre los fondos privados y los colectivos, debido a la falta de atractivos suficientes para participar en los últimos. Por esta razón, la reducción de las comisiones, en comparación con los fondos privados, es una de ventajas que los fondos de empresa pretenden ofrecer a sus partícipes.
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