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¿Qué puedo hacer si se me ha pasado la fecha para sellar el paro?

¿Qué puedo hacer si se me ha pasado la fecha para sellar el paro?

Se trata de un trámite sencillo que puede realizarse vía online, por teléfono o de manera presencial

Clara Alfonso

Valencia

Miércoles, 24 de mayo 2023, 01:44

Cuando una persona pierde su trabajo, independientemente de la causa, tiene la opción de registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como demandante de empleo. Esta inscripción permite a los ciudadanos acceder a diferentes servicios y beneficios, como la posibilidad de recibir la prestación por desempleo o participar en programas de formación y orientación laboral.

Una vez registrado como demandante de empleo en el SEPE, es importante cumplir con ciertas obligaciones, como sellar la cartilla del paro y demostrar que se está buscando activamente trabajo. Se trata de un trámite sencillo que puede realizarse vía online, por teléfono o de manera presencial. Sin embargo, en ocasiones pueden surgir circunstancias inesperadas que llevan a pasar por alto la fecha para sellar el paro.

¿Qué hacer si se te olvida sellar el paro?

Lo primero que debes tener en cuenta es que, la demanda por desempleo debe hacerse cada tres meses desde el momento en el que se aprobó por primera vez. En este sentido, el propio organismo notifica al trabajador de la fecha en la que debe ir a sellar el paro, aunque hay un margen de tres días para hacerlo en caso de no poder acudir ese día concreto.

Si ya han pasado esos días y todavía no has sellado el paro, acude a tu oficina de empleo lo antes posible para intentar solventar la situación. En algunos casos excepcionales y si hay justificación, podrían permitirte renovar la demanda de empleo en otra fecha.

Sanciones

Si estás recibiendo algún tipo de prestación o subsidio por desempleo, el no hacer la renovación el día que toca sin una causa justificada, conlleva la sanción de un mes de prestación por parte del SEPE, que es el organismo que tiene competencias sobre las ayudas por desempleo. Si se vuelve a realizar de nuevo la misma falta la sanción asciende a tres meses de pérdida del cobro. Una tercera vez implica seis meses sin cobrar y una cuarta, supone perder del todo la prestación.

Si no estás cobrando ninguna prestación, la no renovación conlleva la perdida de la antigüedad de la inscripción como demandantes de empleo. La pérdida de esta antigüedad tiene importantes implicaciones en por ejemplo, todos aquellos programas públicos de empleo en donde es requisito para la selección de candidatos, el tiempo de permanencia inscritos de manera interrumpida.

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