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La Seguridad Social suspenderá la baja por incapacidad temporal si el trabajador rechaza o abandona el tratamiento sin causa razonable

Este refuerzo en los controles tiene como objetivo garantizar que las prestaciones se destinen a aquellos que realmente las necesitan y garantizar la sostenibilidad del sistema

Jueves, 19 de diciembre 2024, 01:49

La incapacidad temporal (IT) es la situación en la que se encuentra el trabajador cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Las personas que se encuentran en dicha situación, pueden ser beneficiarias de una prestación económica mientras no puedan desempeñar su labor habitual. Sin embargo, el organismo público ha emitido una advertencia importante: el derecho a recibir esta ayuda puede ser suspendido o anulado si el trabajador no sigue el tratamiento prescrito de manera adecuada.

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La incapacidad temporal cubre situaciones como enfermedades comunes, accidentes no laborales o enfermedades profesionales. Dependiendo del caso, el subsidio comienza a partir del cuarto día de baja en enfermedades comunes o accidentes no laborales. No obstante, en situaciones derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, la cobertura comienza al día siguiente de la baja. En casos especiales, como la menstruación incapacitante secundaria, la prestación se activa desde el primer día de baja.

Tal y como explican desde la Seguridad Social, para poder seguir recibiendo el subsidio por incapacidad temporal, es imprescindible que el trabajador cumpla con una serie de condiciones. En primer lugar, es obligatorio que continúe con el tratamiento médico prescrito por los profesionales de la Seguridad Social o las mutuas colaboradoras. Si el trabajador rechaza o abandona el tratamiento sin una causa razonable, el derecho al subsidio puede ser suspendido o incluso denegado.

Asimismo, la baja por incapacidad temporal también puede ser suspendida o retirada en los siguientes casos:

- Si se detecta actuación fraudulenta por parte del beneficiario para obtener o mantener el subsidio.

- Si el trabajador comienza a trabajar por cuenta propia o ajena durante el periodo de baja.

- Si el beneficiario no se presenta a las convocatorias médicas realizadas por los médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las mutuas colaboradoras.

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En este contexto, cabe destacar que la incomparecencia a las citaciones médicas dará lugar a una suspensión cautelar de la baja, mientras se verifica si la ausencia estaba justificada. Este refuerzo en los controles tiene como objetivo garantizar que las prestaciones se destinen a aquellos que realmente las necesitan y que el sistema de Seguridad Social siga siendo sostenible.

Es por ello que, el rechazo o abandono del tratamiento sin justificación puede poner en peligro la recuperación del trabajador y, en última instancia, afectar su derecho a recibir la ayuda económica. Una medida que busca, además, evitar abusos y fraudes, como el desempeño de actividades laborales mientras se está de baja, lo que comprometería tanto la salud del trabajador como la integridad del sistema de prestaciones.

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