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Jueves, 27 de enero 2022, 02:08
La principal función del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es, además de gestionar la búsqueda de empleo para los parados, tramitar las solicitudes y respectivos pagos de las ayudas y subsidios que oferta. Para ello, el organismo revisa cada una de las solicitudes y emite un veredicto en función de los requisitos que cumpla el demandante.
Mientras realiza este proceso, es normal que el ciudadano se pregunte si podrá o no cobrar la ayuda. Hay que tener en cuenta que los solicitantes de este tipo de subsidios suelen encontrarse en situaciones económicas delicadas y necesitan el ingreso del SEPE. Por ello, el departamento pone a disposición de los interesados un método para poder comprobar en qué estado se encuentra su solicitud, si ha sido denegada o por el contrario, podrá empezar a cobrarla en breve.
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Se trata de un canal que facilita el SEPE para responder a una de las preguntas más frecuentes en su página web, la que cómo saber si te han aprobado o denegado una paga. A pesar de que el departamento debe «dictar resolución expresa en todos los procedimientos y notificarla a la persona interesada», posibilita un truco para que los demandantes puedan conocer cuál será la resolución sobre su solicitud de prestación.
Para poder emplear este método del SEPE, que se realiza a través de su sede electrónica, el ciudadano necesitará un certificado digital, la Cl@ve, DNI electrónico o mediante un PIN que se le envía al teléfono móvil.
La consulta se realiza en el área personal del usuario, para lo cual dentro de la sede electrónica, se debe escoger la opción 'Personas', 'Prestaciones por desempleo' y 'Consulte los datos y recibo de su prestación'. Al pulsar en 'Consultar prestación' podremos entrar, con nuestro método de acceso seleccionado, al área personal, en la que aparecerá si tiene una solicitud pendiente o ya ha sido tramitada.
Desde el SEPE añaden que, si transcurridos tres meses desde la fecha de presentación de su solicitud, no ha recibido la resolución «podrá entender que le ha sido denegada por silencio administrativo. En este caso, podrá presentar una reclamación previa a la vía judicial», detallan en su web.
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