![El SEPE comunica el sueldo mínimo por día que hay que pagar a un trabajador en España en 2024](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/03/25/Captura%20de%20pantalla%202024-03-25%20a%20las%2017.26.24-RnetEpW3g4x80vRibMzg4XK-1200x840@Las%20Provincias.png)
![El SEPE comunica el sueldo mínimo por día que hay que pagar a un trabajador en España en 2024](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/03/25/Captura%20de%20pantalla%202024-03-25%20a%20las%2017.26.24-RnetEpW3g4x80vRibMzg4XK-1200x840@Las%20Provincias.png)
Secciones
Servicios
Destacamos
Clara Alfonso
Valencia
Lunes, 8 de abril 2024, 01:40
El pasado mes de enero, el Gobierno español aprobó un incremento del salario mínimo del 5% para el año 2024, en línea con los esfuerzos por mejorar las condiciones laborales en el país. Esta medida, que entró en vigor el 1 de enero de 2024, eleva el salario mínimo bruto a 1.134 euros mensuales en 14 pagas, representando un aumento de 54 euros respecto al año anterior. En el caso de estar prorrateadas las pagas extras, el salario mínimo será de 1.323 euros mensuales en 12 pagas.
Este aumento, que afecta a aproximadamente 2,5 millones de trabajadores en España, incluidos l@s emplead@s del hogar, supone un importante paso hacia la mejora de los estándares salariales y el bienestar de los trabajadores. Se estima que alrededor de 2,5 millones de personas se beneficiarán directamente de esta subida, lo que representa un incremento del 5% con respecto al año anterior.
Desde 2018, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha experimentado un incremento acumulado del 54%. Pero, además, el Real Decreto 145/2024, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 6 de febrero, establece un salario mínimo diario que varía en función de la actividad.
Así, para cualquier actividad en la agricultura, la industria y los servicios, el salario se fija en 37,8 euros por día. Es importante destacar que este salario se refiere a la jornada legal de trabajo en cada actividad, excluyendo la parte proporcional de domingos y festivos en el caso del salario diario.
Noticia relacionada
Además, el Real Decreto establece que las empleadas de hogar que trabajen por horas deben percibir un mínimo de 8,87 euros por cada hora trabajada, asegurando así una remuneración justa y equitativa para este sector.
En el caso de las personas trabajadoras eventuales, temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, el salario mínimo diario no puede ser inferior a 53,71 euros por jornada, garantizando una compensación adecuada incluso para los trabajadores temporales.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.