T.V
Jueves, 23 de diciembre 2021, 00:02
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se convierte en un auténtico salvavidas para aquellos que se han quedado sin trabajo y no cuentan con otra fuente de ingresos. Para ello es necesario cuplir una serie de requisitos, como haber cotizado el tiempo mínimo estipulado para tener derecho a cobrar una pensión por desempleo. Quedarse en el paro supone un golpe del muchas veces que cuesta volver a incorporarse al mercado laboral, en especial a partir de cierta edad.
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Por ello, el SEPE tiene un subsidio específico para aquellos desempleados mayores de 52 años, una edad en la que resulta más complicado reincorporarse al desarrollo profesional. Los trabajadores que cumplan estas características pueden solicitar al departamento una de estas ayudas, aunque no todas estas solicitudes llegan a ser aprobadas a la primera.
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No obstante, esto no significa que no se pueda cobrarlas, ya que se puede reclamar al SEPE para que reconsidere la solicitud. Una vez presentada la instancia, el departamento puede tardar hasta 15 días en resolver la petición. Desde el día en que el ciudadano la entrega y diez más desde que se resuelve para enviar la contestación. El plazo máximo con el que debe contar el desempleado es de tres meses desde que envía la solicitud, después del cual se considera que ha sido denegada por silencio administrativo.
Si el solicitante no está conforme con la respuesta puede reclamar al SEPE la resolución por vía administrativa. El usuario tiene 30 días hábiles a contar a partir del día en que recibe la negativa o desde que se cumplan tres meses de su petición.
Una vez se ha presentado la reclamación, el SEPE tiene 45 días hábiles para revalorar la situación y emitir una respuesta, si pasado este tiempo el ciudadano sigue sin recibirla se considera que su petición ha sido denegada de nuevo y se cierra la vía administrativa. De esta manera, el solicitante debe recurrir a la vía judicial si sigue estando en desacuerdo, acudiendo a los Juzgados de lo Social para poner una demanda, en un plazo de 30 días desde que le llega la notificación con la negativa o de 45 días hábiles sin haber recibido la respuesta del SEPE.
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