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El SEPE permitirá cobrar un subsidio de 570 euros a los desempleados con solo tres meses cotizados

La reciente reforma de las ayudas asistenciales facilita el acceso a esta ayuda para personas que no tienen cargas familiares

Sábado, 18 de enero 2025, 01:01

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha introducido una reforma que amplía las posibilidades de acceso a ayudas económicas para los desempleados. Este cambio afecta al subsidio por cotizaciones insuficientes, una ayuda pensada para quienes no cumplen los requisitos necesarios para acceder a la prestación contributiva por desempleo, conocida como el paro. A partir del 1 de noviembre, este subsidio puede solicitarse con tan solo tres meses de cotización, flexibilizando significativamente los requisitos previos.

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Anteriormente, el SEPE exigía a los desempleados sin responsabilidades familiares haber trabajado al menos seis meses para optar a esta ayuda. Con la nueva normativa recogida en el Real Decreto-ley 2/2024, esta barrera se reduce a 90 días, nivelando las condiciones de acceso para personas con y sin responsabilidades familiares. Este subsidio, además, sigue siendo accesible para quienes no hayan acumulado 360 días de cotización, el mínimo exigido para percibir la prestación contributiva.

Requisitos

El SEPE establece que el subsidio por cotizaciones insuficientes podrá ser solicitado por personas desempleadas en situación legal de desempleo que hayan cotizado al menos 90 días. En caso de haber tenido periodos laborales discontinuos en los seis meses previos, se sumarán todas las cotizaciones no usadas anteriormente para otras prestaciones.

La duración del subsidio dependerá del tiempo cotizado:

• Entre 3 y 4 meses trabajados: se recibirá la ayuda durante 3 meses.

• Entre 4 y 5 meses: el subsidio se extenderá a 4 meses.

• 5 o más meses trabajados: la duración será de 5 meses.

Para quienes tengan responsabilidades familiares y superen los seis meses de cotización, la ayuda podría extenderse hasta los 21 meses.

Cuantía y tramos

La cantidad que se percibe bajo este subsidio se calcula en función del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Desde noviembre, las cuantías del subsidio se dividen en tres tramos:

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• Los primeros seis meses: 95% del IPREM, equivalente a 570 euros mensuales.

• De siete a doce meses: 90% del IPREM, es decir, 540 euros mensuales.

• Más de doce meses: 80% del IPREM, equivalente a 480 euros mensuales.

Es importante destacar que esta subida en las cuantías no afecta al subsidio para mayores de 52 años, que mantiene su importe en 480 euros mensuales con una cotización equivalente al 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

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Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva

En el caso de la ayuda destinada a quienes han agotado la prestación contributiva por desempleo, diseñada para aquellos que han acumulado más de un año cotizado, la nueva normativa establece la duración del subsidio según los días que se hayan consumido de dicha prestación y la edad del solicitante. Los criterios son los siguientes:

• Personas menores de 45 años. Deben haber consumido al menos 360 días de prestación contributiva para acceder a un subsidio con una duración de seis meses.

• Personas mayores de 45 años sin cargas familiares. Es necesario haber agotado al menos 120 días de la prestación contributiva para recibir un subsidio de seis meses.

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• Personas con responsabilidades familiares (independientemente de la edad). Si han utilizado al menos 120 días de prestación contributiva, podrán acceder a un subsidio de hasta 24 meses. En caso de haber consumido al menos 180 días, este subsidio puede ampliarse hasta los 30 meses.

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