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Los mayores de 45 años que pueden cobrar la pensión de orfandad de la Seguridad Social

Los mayores de 45 años que pueden cobrar la pensión de orfandad de la Seguridad Social

Existen excepciones que permiten que esta ayuda llegue a otras personas, siempre que cumplan ciertos requisitos específicos

Martes, 14 de enero 2025, 20:05

La pensión de orfandad es una de las prestaciones que ofrece la Seguridad Social en España, diseñada para ayudar económicamente a quienes pierden a sus progenitores y, con ello, una fuente fundamental de sustento. Generalmente, está destinada a los menores de 21 años que enfrentan esta difícil situación. Sin embargo, existen excepciones que permiten que esta ayuda llegue a otras personas, siempre que cumplan ciertos requisitos específicos.

Cuando un joven pierde a sus padres, no solo se enfrenta al dolor emocional, sino también a la pérdida de los recursos económicos que sostenían su día a día, como los estudios o gastos básicos. La pensión de orfandad intenta aliviar esta carga, proporcionando una ayuda económica que, en términos generales, está disponible hasta los 21 años. Este límite puede extenderse a los 25 años si la persona sigue cursando estudios y depende económicamente de la familia.

Otro caso que permite ampliar esta prestación es el de las personas con una discapacidad igual o superior al 33%, siempre que se trate de una orfandad absoluta (es decir, que ambos progenitores hayan fallecido). En estos escenarios, la ayuda puede prolongarse más allá de los límites establecidos, adaptándose a las necesidades de los beneficiarios.

No obstante, una de las particularidades menos conocidas de esta pensión es su posibilidad de extensión a personas mayores de 45 años. Este caso aplica a quienes tuvieron que abandonar su vida laboral para dedicarse al cuidado de sus padres y, como consecuencia de ello, se quedaron sin empleo ni ingresos tras el fallecimiento de ambos progenitores. En estas circunstancias, la Seguridad Social contempla el acceso a la pensión de orfandad como una forma de garantizarles un mínimo soporte económico, dado que su situación personal y profesional se vio condicionada por la dedicación al cuidado familiar.

Requisitos para solicitar la pensión de orfandad

- Los hijos del fallecido y de su cónyuge tienen derecho a solicitar la orfandad cuando el matrimonio formalizara su unión un mínimo de dos años antes del fallecimiento

- Haber dependido económicamente hasta ese momento del fallecido

- No tener más de 21 años, a no ser que se queden sin trabajo o tengan un grado de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.

- En los casos de orfandad simple el límite siempre será de 25 años. Si en el momento que cumple esa edad sigue cursando los estudios de ese curso escolar, el cobro de la mensualidad se mantiene hasta el primer día del mes posterior al inicio del siguiente curso académico.

Requisitos para mayores de 45 años

Tal y como indican desde la página web de la seguridad social, existen algunas excepciones en las que algunas personas mayores de 45 años pueden beneficiarse de esta ayuda. Una persona con esa edad o mayor puede optar a ella siempre que se haya dedicado a cuidar de sus padres o de un familiar cercano hasta el fallecimiento de este y cumpla con los siguientes tres requisitos:

- Haber convivido con la persona fallecida durante los dos últimos años

- No poder acceder a ningún tipo de pensión

- Tener ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que actualmente está fijado en los 1.134 euros.

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