Clara Alfonso
Valencia
Miércoles, 8 de mayo 2024, 01:11
Las personas que reciben una prestación por desempleo, ya sea en forma de paro o subsidio, asumen una serie de compromisos y responsabilidades al iniciar este proceso en los servicios públicos de empleo. De hecho, su incumplimiento puede implicar la extinción definitiva de la prestación o una sanción.
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Cuando alguien pierde su trabajo y se registra como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), accede a una serie de servicios y beneficios, como la prestación por desempleo o la posibilidad de participar en programas de formación y orientación laboral. Para ello, los contribuyentes deben cumplir con una serie de condiciones indispensables, como sellar la cartilla del paro y demostrar que se está buscando activamente trabajo. No obstante, existen otras causas por las que el organismo podría decidir suspender la prestación, o bien, extinguirla definitivamente.
La suspensión de la prestación por desempleo es un proceso que implica la interrupción temporal del abono de las prestaciones económicas y de cotización a la Seguridad Social. Este periodo de suspensión puede ser consecuencia de diversas circunstancias que afectan la situación laboral del beneficiario.
Tal y como explican desde el SEPE, una de las causas comunes de suspensión es el traslado temporal al extranjero por un período inferior a doce meses. Esta situación puede darse por motivos laborales, como la búsqueda de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional. Sin embargo, es importante señalar que este traslado debe ser comunicado previamente al SEPE, quien debe autorizarlo.
Otra causa de suspensión puede ser la estancia en el extranjero por un período de hasta 90 días cada año natural. Esta estancia debe ser comunicada y autorizada previamente por la entidad gestora, y no tendrá consideración de traslado de residencia siempre que no supere los 15 días naturales en una única ocasión por año.
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Además, situaciones como la maternidad o paternidad, el cumplimiento de una condena que implique privación de libertad, o la realización de un trabajo por cuenta ajena de duración limitada pueden dar lugar a la suspensión de la prestación.
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En este contexto, es importante destacar que la suspensión no implica la pérdida definitiva del derecho a la prestación, sino simplemente una interrupción temporal que puede ser reanudada una vez que cesen las circunstancias que la motivaron. Por ejemplo, una vez finalizada la situación de maternidad o paternidad, la persona interesada puede solicitar la reanudación de la prestación en un plazo de 15 días hábiles.
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Aunque la prestación por desempleo es un recurso fundamental para quienes necesitan apoyo económico mientras buscan un nuevo empleo, es importante comprender que este beneficio puede extinguirse en determinadas circunstancias. Estas son:
- Agotamiento del periodo de duración de la prestación.
- Traslado de residencia al extranjero de la persona trabajadora salvo en los casos de suspensión.
- Fallecimiento de la persona beneficiaria.
- Pasar a ser pensionista por jubilación o de invalidez permanente (total, absoluta o gran invalidez), pudiendo en estos casos de invalidez optar por la prestación más favorable.
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- Realización de un trabajo por cuenta ajena de al menos 360 días.
- Realización de un trabajo por cuenta propia:
- Si es de duración igual o superior a 60 meses.
- Si el trabajo por cuenta propia es de duración igual o superior a 24 meses e inferior a 60 meses, y la persona trabajadora no causó alta durante su desarrollo como trabajador o trabajadora por cuenta propia en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
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- Renuncia voluntaria al derecho.
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- Cumplimiento por parte de la persona beneficiaria de la edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que la persona trabajadora no tuviera acreditado el periodo de cotización requerido para ello o se trate de supuestos de suspensión de relaciones laborales o reducción de jornadas autorizadas por resolución administrativa.
- Imposición de sanción de extinción por reincidencia en infracciones leves o graves, o por la comisión de una infracción grave o muy grave de las sancionadas con la extinción del derecho.
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