Clara Alfonso
Valencia
Miércoles, 30 de agosto 2023, 00:28
En el escenario contemporáneo, donde la conciencia ambiental y la búsqueda de un uso más eficiente de los recursos son pilares fundamentales de la sociedad, la eficiencia energética se erige como una prioridad ineludible. En un mundo que enfrenta desafíos ambientales y una creciente demanda energética, la optimización de nuestro consumo de energía no solo es una responsabilidad, sino también una oportunidad para mejorar nuestro entorno y nuestras finanzas. Es en este contexto donde las ayudas para mejorar la eficiencia energética desempeñan un papel crucial para incentivar este cambio.
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En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estas ayudas nacen para subvencionar las actuaciones de ahorro de energía en viviendas. En este sentido, se consideran actuaciones subvencionables «aquellas que se realicen en viviendas y en las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7 % o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %».
También se considerarán subvencionables «las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a-HE1 y 3.1.3.a-HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación».
Podrán ser beneficiarios de las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencial:
a) Las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
b) Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
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No obstante, en el caso de viviendas unifamiliares, «no podrán obtener esta ayuda las partes beneficiarias que ya lo sean para las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio del PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia)». Tampoco tendrán acceso quienes hayan solicitado cualquier otra prestación procedente de fondos europeos para el mismo coste.
Las subvenciones para la eficiencia energética varían en cuantía según diferentes factores, como el tipo de vivienda, el nivel de ingresos y otros criterios específicos. Para viviendas unifamiliares, la ayuda puede alcanzar hasta el 40% de la inversión, pero se eleva significativamente hasta el 75% en casos de ingresos inferiores a 3 veces el IPREM. Además, para las personas con discapacidad, las subvenciones varían, llegando hasta los 18.000 euros y hasta los 24.000 euros en situaciones determinadas. Se contemplan, además, aumentos suplementarios, como un extra de 1.000 euros por la catalogación de la propiedad como Bien de Interés Cultural (BIC), y un incremento del 25% para personas menores de 35 años en municipios con menos de 5.000 habitantes.
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En el contexto de edificios, las cuantías también varían, pudiendo alcanzar los 8.000 euros por vivienda y 80 euros por m2 de local, siendo especialmente beneficiosas para las personas con discapacidad, donde la ayuda puede ascender a 16.000 euros.
La tramitación de los expedientes corresponderá a los servicios centrales y/o territoriales de la dirección general con competencia en materia de rehabilitación. Es decir, que debes acudir a los canales de consulta que ofrece tu Comunidad Autónoma y buscar esta prestación en su directorio.
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Después, deberás reunir toda la documentación que se exija y presentarla junto al formulario de solicitud de la subvención. Una vez presentada, tendrás que esperar a que sea evaluada para saber si cumples con los requisitos establecidos y el nivel de ayuda al que puedes tener acceso.
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