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Clara Alfonso
Domingo, 9 de junio 2024, 02:18
El Sistema Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de gestionar las prestaciones por desempleo en España. Aquellas personas que se encuentran inscritas en el SEPE y, lamentablemente, se encuentran sin trabajo, tienen la posibilidad de acceder a la prestación contributiva por desempleo, es decir, al 'paro'. Esta prestación se basa en las cotizaciones previas del beneficiario y se proporciona durante un período determinado o hasta que la persona logre encontrar empleo nuevamente.
Tal y como explica la entidad pública, «con carácter general, el trabajo, sea por cuenta ajena o por cuenta propia, es incompatible con el cobro de la prestación o el subsidio por desempleo». Sin embargo, hay ciertos casos en los que pese a que alguien encuentre empleo, puede seguir cobrando.
En el caso específico de los trabajadores con contratos a tiempo parcial, surge la pregunta sobre la posibilidad de cobrar el paro mientras se mantiene otro empleo a tiempo parcial. La normativa actual permite esta compatibilidad bajo ciertas condiciones.
Tal y com explican desde el SEPE, si un trabajador tiene varios contratos a tiempo parcial y pierde uno de ellos, podrá percibir la prestación por desempleo correspondiente a ese empleo perdido, siempre que la suma de las jornadas de los empleos que conserva no alcance la duración de una jornada completa.
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Para calcular la cuantía de la prestación por desempleo, se tiene en cuenta la base reguladora. Esta se obtiene dividiendo entre 180 la suma de cotizaciones realizadas durante los 180 días anteriores al día en que se haya producido la situación legal de desempleo.
En este cálculo, se considerarán tanto las cotizaciones del trabajo que se ha perdido como las de los trabajos que se mantienen. De la cuantía resultante de la prestación, se restará la parte proporcional correspondiente a la jornada de trabajo que se sigue realizando en los empleos que se conservan.
La duración de la prestación dependerá de los períodos de ocupación cotizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar y que no se hayan tenido en cuenta para el acceso a una prestación anterior. Esto significa que se revisarán las cotizaciones de los últimos seis años para determinar el tiempo durante el cual se podrá recibir la prestación por desempleo.
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