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El aviso del SEPE a los trabajadores que se acaban de quedar en paro y van a cobrar una prestación

El aviso del SEPE a los trabajadores que se acaban de quedar en paro y van a cobrar una prestación

Para acceder a la prestación por desempleo se deben cumplir una serie de requisitos

Clara Alfonso

Valencia

Sábado, 2 de marzo 2024, 01:27

Cuando una persona contratada por cuenta pierde su empleo, tiene la opción de solicitar el paro. Para ello, debe cumplir una serie de requisitos, como estar afiliado a la Seguridad Social, haber cotizado al menos un año, en un periodo de 6 años anteriores a la solicitud; y estar registrado como demandante de empleo en las oficinas del servicio de cada comunidad autónoma.

Tal y como explican desde el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), la prestación contributiva protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, «pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %, por el procedimiento del artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o en virtud de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal».

Para el acceso a la misma se requiere, además de cumplir los requisitos que más adelante se indican, la cotización previa por desempleo de la persona trabajadora a la Seguridad Social. Pero, ¿cómo y cuándo debo solicitar la prestación por desempleo?

Cómo solicitar la prestación por desempleo

Si acabas de perder tu trabajo y has cotizado más de un año, debes presentar tu solicitud en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado, salvo si tu empresa te ha abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese. En ese caso debes presentar tu solicitud en los 15 días hábiles siguientes a la finalización del período equivalente a las vacaciones.

La solicitud puede hacerse a través de:

- La sede electrónica del SEPE. Para ello necesitas disponer de usuario y contraseña obtenido a través del sistema de cl@ve, certificado digital o DNIe. Para finalizar los trámites que requieren firma, es imprescindible, cuando se accede con usuario y contraseña cl@ve, disponer de teléfono móvil y que coincida con el registrado en cl@ve.

- En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del teléfono).

- A través de la Pre-Solicitud.

No obstante, antes de realizar tu solicitud debes darte de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de tu comunidad autónoma o, si resides en Ceuta o Melilla, en el propio SEPE.

Una vez se haya tramitado la solicitud, si el organismo requiere más información o documentación, tratará de contactarte. Si no, se tramitará con la información disponible, se te notificará (la aprobación o la denegación, según se cumplan o no los requisitos), y podrás consultar el estado de tu prestación de forma inmediata mediante un SMS con clave de un solo uso eligiendo la opción 'Pin teléfono móvil'.

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