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Oficina del SEPE. EP

La ayuda del SEPE de 5.280 euros que puedes pedir hasta tres veces y finaliza el 1 de junio de 2024

La Renta Activa de Inserción (RAI) ofrece ayuda a las personas que han agotado el paro

Jorge Zarco

Valencia

Domingo, 7 de enero 2024, 00:08

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece prestaciones para aquellas personas que han perdido su trabajo. Incluso quienes han agotado esta ayuda, tienen la posibilidad de una ayuda extraordinaria de 5.280 euros repartida en 11 meses y que además puede solicitarse hasta tres veces.

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Se trata de la Renta Activa de Inserción (RAI) y está dedicada a aquellos parados con más dificultades. Para solicitarla es requisito imprescindible no tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Quienes la necesiten tendrán que estar atentos porque desde el 1 de junio de 2024 ya no se podrá solicitar. La puesta en marcha del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por el que se pone en marcha la última reforma de los subsidios por desempleo del SEPE, provoca que estos queden reducidos a tres y elimina la Renta Activa de Inserción. A partir de entonces se gestionarán a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y pasarán a ser cubiertas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y no el SEPE.

Requisitos

El SEPE establece en su página web los requisitos para poder acceder a este subsidio:

-Estar desempleado o desempleada e inscrito o inscrita como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el acuerdo de actividad.

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-Ser menor de 65 años.

-No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

-Si tiene cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar así constituida, incluyéndole a usted, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

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-Pueden acceder a la RAI las víctimas de violencia de género, doméstica o sexual quienes tengan acreditada dicha condición ante la Administración competente, siempre que no hayan sido beneficiarias con anterioridad de tres programas, que no convivan con la persona agresora, que figuren inscritas como demandantes de empleo y que cumplan el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar.

-No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.

Cuantía

La cuantía de la Renta Activa de Inserción es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). En 2024, el IPREM ha subido hasta los 600 euros mensuales, por lo que la RAI pasa se mantiene en los 480 euros al mes.

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