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Todos los subsidios que puedes solicitar si has agotado el paro

Todos los subsidios que puedes solicitar si has agotado el paro

Para acceder estas ayudas se necesita cumplir con una serie de requisitos concretos

Clara Alfonso

Valencia

Martes, 2 de enero 2024, 00:55

Cuando se acercan los últimos meses de cobro de la prestación por desempleo, comienza a aparecer el miedo, la incertidumbre y la necesidad de saber si existen otras ayudas económicas hasta encontrar un nuevo empleo. De hecho, es una de las dudas más frecuentes entre algunos desempleados que no conocen cuáles son las opciones disponibles después de la finalización de sus prestaciones.

Si tras ese período de desempleo persistes en tu búsqueda laboral, el Instituto Nacional de Empleo (INE) ofrece una serie de ayudas gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Todas tienen un objetivo común: prestar ayuda económica a quienes carecen de recursos suficientes, facilitando así el camino hasta su reinserción en el mercado laboral.

Renta Mínima de Inserción

La RAI se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud. Con respecto la cuantía mensual, es del 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que está establecido en 600 euros mensuales, por lo que se perciben 480 euros.

Mayores de 45 años y sin cargas familiares

En el caso de aquellas personas que se encuentren sin trabajo y no tengan cargas familiares, el departamento ofrece un subsidio con una duración máxima de 6 meses. La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 480 euros mensuales. En este sentido, si el origen del subsidio está en la pérdida de un empleo a tiempo parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato.

Cargas familiares

En el caso de aquellas personas que se encuentren sin trabajo y tengan cargas familiares, el departamento ofrece un subsidio con una duración máxima de 30 meses, es decir, 2 años y 6 meses. La duración dependerá de los meses consumidos de prestación contributiva y de la edad del beneficiario.

En el caso de no tener derecho al paro pero sí responsabilidades familiares, habrá que acceder primero al subsidio por cotización insuficiente y tras agotarlo ya es posible reclamar la ayuda familiar. No obstante, en el caso de tener cargas familiares, ser mayor de 52 años y haber cotizado al menos 15 años, el SEPE exige que se acceda directamente al subsidio para mayores de 52 años.

Subsidio Extraordinario de Desempleo

Una vez agotados los tres periodos de 11 meses que puede solicitarse la Renta Activa de Inserción (RAI), que está dirigida a parados de larga duración, cabe la posibilidad, si no se reúnen los requisitos para acogerse a otras ayudas (por ejemplo, el subsidio para mayores de 52 si cumple con la edad y los años de cotización como condiciones básicas), de solicitar el Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED).

Una ayuda de 480 euros mensuales que se puede cobrar como máximo durante seis meses, sin posibilidad de prórrogas posteriores. Para acogerse a ella, es necesario que el solicitante haya agotado el paro, los subsidios ordinarios de desempleo y la RAI; acreditar ser desempleado de larga duración, y no haber causado baja voluntaria en el último trabajo.

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