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El sistema de prestaciones por desempleo afrontará una transformación significativa a partir de 2025, gracias a una reforma aprobada en junio que introduce mayor flexibilidad en el subsidio gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Entre las novedades más destacadas se encuentra la posibilidad de compatibilizar el cobro del paro con un empleo remunerado. Este cambio, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, busca fomentar la reincorporación al mercado laboral, especialmente en colectivos con mayores dificultades para encontrar empleo.
La medida se articula a través del Complemento de Apoyo al Empleo, un nuevo instrumento que permitirá a los beneficiarios trabajar, ya sea a jornada parcial o completa, mientras continúan percibiendo una ayuda económica. Esta compatibilidad estará disponible por un máximo de 180 días y tiene como objetivo ofrecer estabilidad económica a quienes, pese a estar empleados, no alcanzan un nivel salarial suficiente para cubrir sus necesidades básicas.
El acceso a esta nueva prestación requerirá el cumplimiento de ciertas condiciones establecidas en el Real Decreto-ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Entre los requisitos principales, se incluyen:
- Duración mínima del subsidio. El beneficiario debe haber recibido la prestación por desempleo durante al menos 12 meses.
- Periodo de espera. Deben haber transcurrido al menos nueve meses desde el inicio de la percepción del subsidio.
- Límite salarial. El salario del trabajador no podrá superar el 225% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que actualmente equivale a 1.350 euros mensuales.
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Además, la aplicación de la compatibilidad será automática. Es decir, si un beneficiario comienza a trabajar y cumple con los requisitos establecidos, el SEPE convertirá el subsidio en un complemento salarial sin necesidad de una solicitud previa. Cabe destacar que el tiempo durante el cual se reciba este complemento se descontará de la duración total del subsidio inicial.
El Complemento de Apoyo al Empleo tendrá una cuantía decreciente a lo largo del tiempo. Durante los primeros seis meses, el beneficiario percibirá un 95% del IPREM (570 euros); en los seis meses siguientes, el 90% (540 euros); y a partir de entonces, el 80% (480 euros). Estos valores serán actualizados anualmente en función de la evolución del IPREM.
La compatibilidad con el empleo estará disponible a partir del 1 de abril de 2025. Este período de adaptación permitirá a las administraciones públicas ajustar los sistemas necesarios para implementar la medida de manera efectiva y sin contratiempos.
No todos los escenarios permitirán la compatibilidad entre el subsidio y el empleo. Por ejemplo, no se aplicará esta medida si el trabajador es contratado por una empresa que tenga en vigor un expediente de regulación de empleo (ERE). Tampoco será compatible si el beneficiario ha trabajado en los últimos 12 meses para la misma empresa que lo contrata, o si existe un vínculo familiar hasta el segundo grado con el empleador.
El incumplimiento de estas condiciones podría dar lugar a procedimientos sancionadores por parte del SEPE, que reclamaría las cantidades indebidamente percibidas.
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