a.p.
Viernes, 28 de octubre 2022, 01:13
En el momento en el que una persona pierde su empleo en España, automáticamente tiene derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo, también conocido como el paro. Sin embargo, este no cae del cielo. La persona que se ha quedado desempleada debe solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para percibirlo.
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No hay que cumplir con una serie de requisitos únicamente (que también), admás hay que solicitarlo o de lo contrario no se podrá percibir. Pero, por encima de todo, hay que pedir la prestación en el tiempo que establece la normativa. Según explica el propio SEPE, es indispensable que el trabajador se encuentre legalmente desempleado ya que esa fecha marcará la apertura del plazo para solicitar la prestación.
El organismo explica que la solicitud del paro se ha de presentar por los canales oficiales «en el plazo de los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado, al retorno del extranjero o a la excarcelación». Esto se debe a que los despidos, la finalización de los contratos y otros casos similares se consideran situación legal de desempleo, tal y como informa el SEPE.
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Con todo, existe una posibilidad que cambia ligeramente la situación del trabajador: cuando se queda en desempleo pero con días pendientes de vacaciones. En esos casos, aunque ya ha dejado de trabajar, debe agotar esos días para estar en lo que se considera una situación legal de desempleo.
Una vez presentada la solicitud, el SEPE tiene un plazo de 15 días hábiles desde la entrega de la solicitud y de otros 10 desde esa resolución para comunicar el contenido de la misma. En el caso de que el ciudadano no reciba comunicación alguna transcurridos tres meses se entenderá que la solicitud ha sido rechazada por silencio administrativo.
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