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Un cliente firma una hipoteca. Avelino Gomez

Los requisitos que se necesitan para que el banco te ayude cuando no puedes pagar la hipoteca

Gobierno y sector bancario negocian la revisión del Código de Buenas Prácticas Bancarias

REDACCIÓN

VALENCIA

Martes, 15 de noviembre 2022, 01:40

La subida del euribor amenaza con trastocar la economía de miles de familia que han visto cómo las cuotas mensuales se disparan con las revisiones que se están produciendo en las últimas semana. Desde hace años existe un mecanismo, llamado Código de Buenas Prácticas Bancarias, que fue creado para ayudar a quienes están pasando dificultades económicas y no llegan a pagar la hipoteca. Ahora, tras dispararse la inflación y aumentar el euribor (que ha pasado de estar en negativo a rondar el3%), el sector ha apostado por revisar los requisitos necesarios para acogerse a él, con el fin de evitar que mucha gente no pueda pagar o se quede sin casa.

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Los requisitos que se negocian

Los planes iniciales del sector, y que habrían sido bien recibidos por el Ministerio de Economía, pasaban por alargar los plazos de las hipotecas cuya cuota se haya disparado al menos un 30% de una sola vez como consecuencia de la escalada del euríbor. La negociación está encallada en el punto de elevar los umbrales de renta posibles para acogerse a esa medida de reestructuración financiera.

Otro de los requisitos que habrá que cumplir es que el importe de la cuota mensual represente, al menos, el 40% de los ingresos netos del hogar tras la revisión por el repunte del euríbor. Una cifra que mejora el 50% establecido en el actual Código.

El pacto del nuevo código se quería haber anunciado en octubre, pero las discrepancias con el Ministerio de Economía han impedido firmarlo. Para cuando se haga, muchos hipotecados habrán visto cómo sus cuotas mensuales han subido. La banca insiste en que el impacto depende de cada crédito y que no todas las mensualidades subirán los 200 euros que muchos expertos calculan. Las hipotecas firmadas hasta el año 2006 se incrementarán una media de unos 80 euros; las que se vendieron hasta hace una década, una media de 110 euros; y solo las que se han activado en los tres últimos años tendrán subidas relevantes de hasta 200 euros, dependiendo de cada crédito.

Las medidas vigentes: el Código de Buenas Prácticas Bancarias

El Banco de España recoge las medidas del Código de Buenas Prácticas Bancarias vigentes, las que están aprobadas antes de la crisis de Ucrania y la subida del euribor de 2022. Así, si estás pasando dificultades económicas y no llegas a pagar la hipoteca, te interesa saber que si presentas una solicitud a tu banco para la aplicación de las medidas del Código de Buenas Prácticas te corresponden estos derechos:

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• Que no te cobren un interés de demora superior al tipo ordinario más el 2% sobre el capital pendiente, aun en el caso de que la escritura prevea un interés moratorio superior.

• Recibir, en el plazo máximo de un mes, respuesta escrita de tu banco con un plan de reestructuración de deuda. En ese plan, tu banco debe ofrecerte unas modificaciones de las condiciones de tu hipoteca que te permitan afrontar las cuotas.

• Ahora bien, la respuesta de la entidad puede ser negativa y denegar la solicitud. Esto puede ocurrir si el solicitante no cumple con los requisitos de estar en el umbral de exclusión o, simplemente, no haya podido acreditarlos. Otra razón para la denegación es que el solicitante esté ya inmerso en un procedimiento de ejecución de la hipoteca y esté anunciada la subasta de su vivienda.

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• Las modificaciones que te aplicará el banco a tu hipoteca tienen que ser, al menos, una carencia de capital durante cinco años, un tipo de interés de euríbor más 0,25 durante el tiempo de carencia y una ampliación del plazo de la hipoteca a 40 años.

• Puede ocurrir que a pesar de estas modificaciones la cuota mensual a pagar supere el 50% de los ingresos de la unidad familiar. En este caso se considera que el plan de reestructuración es inviable y, por tanto, no te podrás beneficiar de ellas

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• Además, el Banco podría reducir el importe de la deuda (quita) pero esta medida es a voluntad de la entidad.

Si el plan de reestructuración es inviable –y la entidad no aplica la quita- te queda el derecho a la dación en pago, que el banco cancele totalmente la deuda a cambio de quedarse con la vivienda. Además, si lo solicitas, tendrás derecho de alquiler sobre la vivienda durante dos años por una renta anual de hasta el 3% de la deuda pendiente.

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