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Una vivienda en alquiler. LP

Un agujero de 15 días abre la puerta a inflar el precio de los pisos en alquiler

La Ley de Vivienda que fija el tope será aprobada definitivamente antes de las elecciones, pero deja un mínimo margen para que algunos caseros puedan incrementar las rentas

N. Ortega

Valencia

Miércoles, 3 de mayo 2023, 21:05

«Es evidente que no provocaremos un desplome, una caída estrepitosa de los precios del alquiler». Esta frase la dijjo la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, momentos después de aprobarse en el Congreso la Ley de Vivienda, que impone nuevos límites a la subida del precio del alquiler en toda España.

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La ley topa los alquileres en zonas tensionadas hasta el 2% en la actualización anual en 2023 y el 3% en 2024, antes de que a partir de 2025 entre en vigor un nuevo índice, que será siempre inferior al IPC. Y entrará en vigor cuando el Senado la apruebe. La intención es tramitarla por el procedimiento de urgencia, lo que acortaría los plazos de tal forma que podría quedar aprobada de manera definitiva en la sesión plenaria del 17 de mayo, en plena campaña de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo.

Esto implica que a partir de esa fecha la subida de los alquileres estará limitada... y supone que antes de esa fecha los caseros tienen la posibilidad de incrementarlos por encima de lo que fijará la ley, que según el Gobierno protege a los propietarios y da incentivos a los particulares para que les salga a cuenta poner sus viviendas en alquiler.

Un agujero de 15 días

Lo cierto es que la aprobación de la norma deja un agujero de 15 días, hasta que sea tramitada por el Senado y publicada en el BOE, para que los precios de los alquiler suban por encima del 2%. Además, los topes dependerán del perfil de propietario en zonas tensionadas: los de pequeños propietarios se tendrán que indexar al contrato anterior en vigor, es decir, que el nuevo contrato deberá mantener el del antiguo, mientras que los grandes la situación será diferente, ya que aplicarán el índice de contención de precios.

El objetivo es evitar subidas especulativas, pero hasta la aprobación de la Ley en el Senado algunos propietarios que están arrendando sus viviendas han elevado el precio del alquiler por encima del de mercado para amortiguar el tope con el que se encontrarán a partir de junio. Es cierto que es un margen muy escaso y que afecta a quien revisa los precios

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Viviendas en alquiler, en una imagen de archivo. Alfredo Aguilar / Ideal

Qué es una zona tensionada

Aunque serán las comunidades autónomas las que tengan la última palabra, se considerará zona tensionada cuando la carga media de la hipoteca o del alquiler supere el 30% de la renta media de los hogares. También cuando el precio de la vivienda haya subido tres puntos por encima de la inflación en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.

Incentivos fiscales

Habrá bonificaciones de hasta el 90% sobre el IRPF para los pequeños caseros que rebajen al menos un 5% el precio de sus contratos en zona tensionada. Si la vivienda se destina al alquiler social o a jóvenes de hasta 35 años, el incentivo es del 70%. Y del 60% para las que se rehabiliten. En el resto de casos de rebajas, el incentivo será del 50%, frente al 60% general que regía hasta ahora. «A una persona que se pueda plantear un incremento de la renta de 200 euros o 150 euros, le sale más a cuenta congelar el precio o bajarlo por lo que gana con los incentivos fiscales en la declaración de la renta», explicaba la ministra.

Las inmobiliarias, preocupadas

La Asociación de Inmobiliarias de la Comunitat Valenciana (Asicval) ha afirmado que la Ley de Vivienda «expulsará del mercado a inquilinos y propietarios» y «va a perjudicar principalmente a los que se suponía que tenía que proteger, que son los inquilinos», señalaba la asociación en un comunicado.

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Asicval sostiene que la percepción de los propietarios sobre la Ley es de «completa inseguridad jurídica y que la norma no contempla ninguna medida que les proteja». Afirma que «la gran mayoría no son grandes tenedores, sino particulares que tienen una o dos viviendas que necesitan la renta del alquiler para vivir o para pagar una hipoteca».

La asociación innmobiliaria ha asegurado que, pese a los incentivos fiscales, medidas como la restricción de rentas «provocarán que muchos propietarios decidan vender sus inmuebles o destinarlos a otros usos como el alquiler vacacional, colivings o alquiler de habitaciones». Asimismo, «endurecerá los criterios de solvencia económica para seleccionar a los futuros arrendatarios», ha advertido.

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A este respecto, ha denunciado que sean los pequeños propietarios «quienes tengan que renunciar a la percepción de sus rentas para ceder su inmueble a los inquilinos que se declaran en situación de vulnerabilidad», mientras la administración les busca una alternativa habitacional. «La responsabilidad de la falta de vivienda social no puede recaer en los pequeños propietarios», ha reprochado la asociación, que confía en que el desarrollo autonómico de ley «tenga en cuenta esta circunstancia» y sea la administración quien se haga cargo de los impagos del inquilino en estas circunstancias.

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Desigualdades en una misma zona: ¿vieja o reformada?

La asociación también se muestra «escéptica» ante el futuro índice de precios de referencia, ya que considera que «producirá desigualdades en una misma zona al devaluar la renta de propietarios de viviendas en muy buen estado como, por ejemplo, pueden ser las nuevas o las reformadas» y «revalorizar aquellas que presenten peores condiciones». A su juicio, la medida «demuestra no conocer cómo funciona el mercado».

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Asicval ha aseverado que «estas medidas van a acentuar la salida de los propietarios del mercado del alquiler dejando sin opción habitacional a los inquilinos, como ya está pasando».

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