j. lita
Domingo, 15 de agosto 2021, 17:17
«No se contempla la suspensión de las Fallas«. Así de tajante se mostró Ximo Puig escasos minutos después de confirmar que las restricciones por el coronavirus en la Comunitat se prorrogaban tres semanas más y por lo tanto afectarían de lleno a la celebración de las Fallas en septiembre. Estas medidas obligarán a modificar algún aspecto del calendario previsto, cuestión que los falleros han visto difícil de acoplar en actos tan representativos de la fiesta como la Ofrenda y la cremà. Por su parte, la consellera de Sanidad, Ana Barceló, señaló que para acoplarse a las medidas vigentes entre el 1 y el 5 de septiembre, las carpas falleras deberán cumplir las medidas señaladas para la hostelería, lo que aleja aún más la posibilidad de ver aglomeraciones y eventos multitudinarios dentro de estas construcciones efímeras. Atendiendo a la publicación en el DOGV de las nuevas restricciones vigentes entre el 16 de agosto y el 6 de septiembre, las comisiones falleras deberán hacer cumplir un total de 11 medidas básicas dentro de las carpas falleras.
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Desde la Generalitat Valenciana ya se indicó que si hasta la celebración de las Fallas se diera un cambio repentino en la situación sanitaria por el coronavirus no se descartaría modificar las restricciones que entran en vigencia este lunes.
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La Conselleria de Sanidad señala que el aforo en interiores, lo que sería casales falleros, debe ser el 50 % del máximo permitido por ley, asegurando en todo momento la ventilación del local. En terrazas el aforo es del 100 %, por lo que no existe limitación.
La hostelería debe cerrar a las 00.30 horas, no se puede sobrepasar ese horario. Además, hay que tener en cuenta que en la ciudad de Valencia habrá toque de queda entre las 01 y las 06 horas, por lo que pasarse de ese horario puede acabar con varias multas de golpe. No hay que olvidar que desde las 00 horas ya no se podrá aceptar pedidos.
Si la mesa está situada en el interior de un local el máximo de comensales es de 6 personas, salvo que se supere al tratarse de convivientes, mientras que en exteriores las mesas pueden albergar hasta 10 personas, también pudiéndose superar este límite si son convivientes.
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Las mesas tienen que una separación de dos metros en el interior de los locales, distancia que se reduce hasta el metro y medio si se trata de una terraza.
No está permitida la consumición de pie, por lo que siempre se deberá hacer en mesa.
El uso de la mascarilla en estas establecimientos es obligatorio, indicando que el único momento en el que se puede retirar es el de la consumición.
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Los locales deben colocar en su acceso una cartelería que indique el aforo máximo permitido en cumplimiento de la normativa vigente.
Sí que están permitidas las actuaciones de profesionales musicales, así como de DJs siempre que se respete una distancia de dos metros entre músicos y público.
Así como no está permitido consumir comida y bebida de pie, tampoco se puede hacer uso de las barras, quedando éstas de uso exclusivo para camareros.
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No se puede fumar en la hostelería. En el interior de los locales ya no estaba permitido de antes y ahora en la terraza tampoco se puede.
El uso de inhaladores de tabaco, pipas y cachimbas tampoco está permitido.
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